El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Político-Administrativa, decidió a favor de Goar Antonio Giménez Ritella, anulando la pena de comiso impuesta sobre su vehículo marca Mitsubishi, modelo Lancer, año 2011, por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). La decisión se fundamenta en la existencia de un vicio de falso supuesto de hecho, ya que se comprobó que el certificado de uso del vehículo fue emitido válidamente por el Consulado de Venezuela en Houston, cumpliendo con los requisitos legales para su importación bajo el régimen de equipaje de pasajeros.
Extracto de la motiva
Con fundamento en las pruebas aportadas que demuestran la legalidad del Certificado de Uso de Enseres y Vehículos N° 14599/2011, así como la solicitud propuesta por el contribuyente para que la Administración Aduanera consultara directamente al Consulado de la República Bolivariana de Venezuela en Houston, la Administración Aduanera recurrida, en virtud de sus facultades de investigación y de conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 54 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, concatenado con los artículos 124 y 160 del Código Orgánico Tributario de 2001, vigente ratione temporis, debía haber investigado a través de la prueba idónea la verdad de los hechos, que en este caso consistía en solicitar información al Consulado de la República Bolivariana de Venezuela en Houston, sobre el origen y legalidad del Certificado de Uso de Enseres y Vehículos N° 14599/2011; sin embargo, en el presente caso, el ente aduanero partió de un hecho inexistente para emitir el acta de comiso y la resolución que resolvió el recurso jerárquico, incurriendo en el vicio de falso supuesto de hecho alegado, por lo cual se declara la nulidad absoluta de los referidos actos y los que sirvieron de base para emitirlos.
Dispositiva
En virtud de las razones precedentemente señaladas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario, incoado por el ciudadano Goar Antonio Giménez Ritella, en contra de la Resolución No. SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2013-0426, emitida en fecha 31 de julio de 2013, por la Gerencia de Recursos de la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), notificada el 9 de agosto de 2013, mediante la cual declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto contra el Acta de Comiso SNAT/INA/GAP/LGU/DO/2012 No. 31 sin fecha, notificada el 25 de mayo de 2012, emitida por la Aduana Principal de La Guaira del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), cuyo acto igualmente fue impugnado en esta causa; en consecuencia se declara: 1.-Nula la pena de comiso impuesta sobre el vehículo marca: MITSUBISHI, modelo: LANCER, año: 2011, Tipo: SEDAN, Transmisión: Automática, Tracción: Sencilla, Serial de carrocería N° JA32U2FU4BU012780, propiedad del ciudadano Goar Antonio Giménez Ritella; 2.-Nulos los actos administrativos denominados Resolución SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2013-0426, dictada el 31 de julio de 2013, y el Acta de Comiso SNAT/INA/GAP/LGU/DO/2012, No. 31, sin fecha, notificada el 25 de mayo de 2012; 3.- Se ORDENA a la Gerencia de la Aduana Principal de La Guaira la devolución del vehículo objeto de comiso al ciudadano Goar Antonio Giménez Ritella; 4.- No proceden las costas procesales al Fisco Nacional.
Palabras clave
Contencioso TributarioComisoCertificado de UsoSENIATGoar Antonio Giménez Ritella