Sentencia N° 1266 — Sala Político Administrativa del TSJ, 30 de octubre de 2012

TSJ/SPA, Sent. N° 01266, Exp. 2012-1285, 31/10/2012
Expediente2012-1285
PonenteTRINA OMAIRA ZURITA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2012-10-30
DecisiónAcepta la competencia

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la declinatoria de competencia realizada por el Juzgado Superior Quinto en lo Civil y Contencioso Administrativo, en relación a un recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Teresa Eunice D’Oliveira Castillo. La Sala aceptó la competencia declinada, considerando que el acto administrativo impugnado fue dictado por el Director de Determinación de Responsabilidades de la Contraloría General de la República, actuando por delegación de la Contralora General de la República (E).

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre la declinatoria de competencia realizada por el Juzgado Superior Quinto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, para lo cual observa: El presente caso se circunscribe a la impugnación del acto administrativo del 27 de septiembre de 2011, emanado del Director de Determinación de Responsabilidades de la Dirección General de Procedimientos Especiales de la Contraloría General de la República, mediante el cual declaró “la Responsabilidad Administrativa de la ciudadana: (…) TERESA D´OLIVEIRA (…) en su condición Directora (sic) de la Zona Educativa del estado Anzoátegui, durante el año 2000 y 2001” y acordó “imponer multa por la cantidad de un millón quinientos sesenta y seis mil bolívares (Bs. 1.566.000,00) equivalente a la cantidad de mil quinientos sesenta y seis bolívares fuertes (Bs. F. 1.566,00)”. Ahora bien, se observa que la Resolución impugnada fue suscrita por el ciudadano Alexander Elías Pérez Abreu, en su condición de Director de Determinación de Responsabilidades de la Contraloría General de la República, quien actuó por delegación expresa de la ciudadana Contralora General de la República (E) conferida mediante Resolución N° 01-00-000173 de fecha 19 de agosto de 2011, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 6.032 Extraordinario del día 22 del mismo mes y año, que estableció: “RESOLUCIÓN N° 01-00-000173 ADELINA GONZÁLEZ Contralora General de la República (E) De conformidad con lo establecido en los artículos 14 numeral 4 y 16 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, delego en el ciudadano ALEXANDER PÉREZ ABREU, titular de la Cédula de Identidad N° 6.978.722, Director Sectorial en la Dirección de Determinación de Responsabilidades de la Dirección General de Procedimientos Especiales de este Organismo Contralor, la atribución prevista en el artículo 106 de la misma ley, para dictar las decisiones a que se refiere el artículo 103 ejusdem y para imponer las multas consagradas en los artículos 94 y 105 del mismo texto legal, en el ámbito de su respectiva competencia. Comuníquese y Publíquese, ADELINA GONZÁLEZ Contralora General de la República (E)…”. De todo lo anterior, se colige que la Resolución impugnada fue dictada por el Director Sectorial de la Dirección de Determinación de Responsabilidades de la Dirección General de Procedimientos Especiales de la Contraloría General de la República Bolivariana de Venezuela, en el ejercicio de la atribución que le fue delegada por la máxima autoridad de dicho órgano contralor; atribuciones que le han sido asignadas por las normas contenidas en los artículos 103 y 106 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Que ACEPTA LA COMPETENCIA declinada por el Juzgado Superior Quinto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital mediante fallo del 4 de junio de 2012, para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por la ciudadana TERESA EUNICE D’OLIVEIRA CASTILLO, contra el acto administrativo de fecha 27 de septiembre de 2011, suscrito por el Director de Determinación de Responsabilidades de la Dirección General de Procedimientos Especiales de la Contraloría General de la República, actuando por delegación de la ciudadana CONTRALORA GENERAL DE LA REPÚBLICA (E), mediante la cual se declaró “la Responsabilidad Administrativa” de la recurrente cuando ocupaba el cargo de “Directora de la Zona Educativa del estado Anzoátegui, durante el año 2000 y 2001”. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente al Juzgado de Sustanciación para que se pronuncie sobre la admisión del recurso, con prescindencia de la competencia ya decidida en el presente fallo. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

competenciaactos administrativosdelegaciónContraloríaimpugnaciónresponsabilidad administrativa

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