Sentencia N° 1265 — Sala Político Administrativa del TSJ, 21 de octubre de 2008

TSJ/SPA, Sent. N° 01265, Exp. 2008-0461, 22/10/2008
Expediente2008-0461
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRegulacion de competencia
Fecha de la decisión2008-10-21
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo remitió un cuaderno separado a la Sala Político-Administrativa del TSJ para decidir sobre la regulación de competencia en una demanda por cobro de pensión de jubilación. La Sala determinó que el Juzgado de Sustanciación había incurrido en error al declinar la competencia sin seguir el procedimiento adecuado. Se ordenó devolver el cuaderno a la Corte Segunda para que corrija los errores advertidos y decida sobre su competencia.

Extracto de la motiva

En el presente caso, de las actas que conforman el expediente se evidencia, que la parte actora impugnó, mediante el recurso de regulación de competencia, el auto de fecha 10 de abril de 2008, dictado por el Juzgado de Sustanciación de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, que declaró competente a los Juzgados Superiores en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, para conocer y decidir la demanda incoada. Asimismo se observa, que en fecha 21 de abril de 2008, el referido juzgado consideró que 'corresponde a la Sala Político- Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, pronunciarse sobre la regulación de competencia (…), al ser dicha Sala el Tribunal Superior de las Cortes de lo Contencioso Administrativo, tal como se deduce del texto del artículo 71 del Código de Procedimiento Civil' y en consecuencia, ordenó 'abrir cuaderno separado (…), así como copia del presente fallo para ser remitido a la Secretaría de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, a los fines que sea remitido a la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia'. Por su parte, la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, en fecha 6 de mayo de 2008, con fundamento en la decisión anteriormente citada, ordenó remitir el referido cuaderno separado a este Máximo Tribunal, a los fines de decidir la regulación de competencia planteada. Expuesto lo anterior, esta Sala advierte que en el presente caso, el Juzgado de Sustanciación de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, incurrió en error al dictar el auto de fecha 10 de abril de 2008, por cuanto no podía declararse incompetente y declinar directamente la competencia en un Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, obviando el curso normal del proceso, cual era enviar el referido expediente a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, para que ésta resolviera en definitiva sobre su competencia.

Dispositiva

ORDENA devolver el presente cuaderno separado a la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo para que corrija los errores que han sido advertidos por esta Sala. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

regulacion de competenciacorte contencioso administrativodemandapension de jubilacionerror procesaljurisdicciontribunal supremo de justicia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca