Sentencia N° 1263 — Sala Político Administrativa del TSJ, 13 de agosto de 2014

TSJ/SPA, Sent. N° 01263, Exp. 2014-0754, 14/08/2014
Expediente2014-0754
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2014-08-13
DecisiónDesistida

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil Metanol de Oriente, METOR S.A., contra una decisión que declaró la perención de la instancia en un recurso contencioso tributario. La apelación fue considerada desistida debido a la falta de presentación de los alegatos correspondientes dentro del lapso establecido por la ley. La Sala destacó la importancia de cumplir con los plazos procesales para evitar el desistimiento tácito de la apelación.

Extracto de la motiva

Corresponde a la Sala pronunciarse en esta oportunidad sobre el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil Metanol de Oriente, METOR S.A., contra la decisión N° PJ602011000289 del 28 de julio de 2011, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental. Pasa este Alto Tribunal a decidir la controversia planteada a tenor de lo contemplado en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, el cual prevé: "Artículo 92.- Dentro de los diez días de despacho siguientes a la recepción del expediente, la parte apelante deberá presentar un escrito que contenga los fundamentos de hecho y de derecho de la apelación, vencido este lapso, se abrirá un lapso de cinco días de despacho para que la otra parte dé contestación a la apelación. La apelación se considerará desistida por falta de fundamentación". (Destacado de la Sala). El artículo citado establece la carga procesal para la parte apelante, de presentar dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la recepción del expediente, un escrito en el que se expongan las razones de hecho y de derecho en las que fundamenta su apelación. De igual forma, impone como consecuencia jurídica a la falta de fundamentación, el desistimiento tácito de la apelación. Así, en el presente caso se desprende del cómputo realizado por la Secretaría de esta Sala en fecha 26 de junio de 2014, que desde el día en que dio cuenta del ingreso del expediente, exclusive, hasta el día en que venció el lapso establecido en el auto del 28 de mayo de 2014, inclusive, transcurrieron cuatro (4) días continuos en razón del término de la distancia correspondientes al 29, 30, 31 de mayo y 1° de junio y diez (10) días de despacho a saber: 3, 4, 5, 10, 11, 12, 17, 18, 19 y 25 de junio de 2014, sin que la representación judicial de la sociedad mercantil Metanol de Oriente, METOR S.A., consignara el correspondiente escrito.

Dispositiva

En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDA la apelación ejercida por la representación judicial de la sociedad mercantil METANOL DE ORIENTE, METOR S.A., contra la sentencia N° PJ602011000289 del 28 de julio de 2011, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, que declaró la perención de la instancia en el recurso contencioso tributario incoado por la contribuyente, contra el acto administrativo contenido en la Providencia Administrativa N° SNAT/INTI/GRTI/RNO/DR/RE2008-06584 de fecha 29 de agosto de 2008, fallo que queda FIRME. Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente al Tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

desistimientoapelaciónperenciónrecurso contencioso tributario

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