La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declara procedente la solicitud de suspensión de efectos del acto administrativo que suspendió al recurrente, HUGO JAVIER RAEL MENDOZA, sin goce de sueldo. Se argumenta que la medida vulnera derechos fundamentales, especialmente el derecho a la manutención de sus hijas, y se ordena la restitución del pago salarial mientras dure el juicio principal de nulidad. La decisión se fundamenta en la inamovilidad laboral por fuero paternal y el interés superior de los niños.
Extracto de la motiva
La Sala considera necesario precisar lo siguiente: En el escrito recursivo la parte actora impugnó la citada Resolución de fecha 11 de agosto de 2009, alegando en su contra violaciones de orden constitucional, que a su decir, se reiteran con la emisión del acto de segundo grado contenido en la decisión de fecha 26 de noviembre de 2009, mediante el cual la Comisión Judicial ordenó “la remisión de todas las actuaciones relacionadas con el presente caso a la INSPECTORÍA GENERAL DE TRIBUNALES a fin de que se sirva instaurar contra el ciudadano HUGO JAVIER RAEL MENDOZA (…) el correspondiente expediente disciplinario”. No obstante, la Sala debe precisar que el objeto del recurso de nulidad incoado en el presente caso, lo constituye el aludido acto de fecha 26 de noviembre de 2009 dictado por la citada Comisión, tal y como fue establecido por el Juzgado de Sustanciación de la Sala en el auto de admisión de fecha 6 de julio de 2010 por lo que estaría -en principio- vedado a este órgano jurisdiccional conocer de las denuncias relacionadas con el acto primigenio, contenido en la mencionada Resolución N° 2009-0101. Sin embargo, como se ha indicado el recurrente también denunció violaciones constitucionales que vician en su opinión, el acto de primer grado de allí que la Sala, junto al estudio que efectúe del acto impugnado, analizará dichos alegatos, en cumplimiento del deber de tutelar efectivamente los derechos constitucionales de los justiciables, de conformidad con lo ordenado en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Dispositiva
1.- PROCEDENTE la solicitud de suspensión de efectos formulada por el ciudadano HUGO JAVIER RAEL MENDOZA, actuando en nombre propio, contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° 2009-0101, de fecha 11 de agosto de 2009, emanada de la COMISIÓN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, por medio de la cual resolvió suspender sin goce de sueldo al recurrente como “Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del estado Mérida”. 2.- ORDENA la restitución del pago salarial y demás beneficios de los que gozaba el accionante en su cargo de Juez Titular del mencionado Tribunal, mientras dure el juicio principal de nulidad. 3.- ORDENA oficiar a la COMISIÓN JUDICIAL del Tribunal Supremo de Justicia, a los fines de notificarle acerca de la medida acordada y solicitarle informar el estado actual de las investigaciones ordenadas en el acto de fecha 26 de noviembre de 2009. Igualmente solicitarle que instruya a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura para la incorporación del recurrente en la nómina del Poder Judicial.
Palabras clave
suspensiónnulidadderechos fundamentalesinamovilidad laboralinterés superior del niño