La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia Nro. 01259, se pronunció sobre la apelación interpuesta por Igor Flasz Goldberg contra un fallo que lo declaraba responsable solidario de obligaciones tributarias de la sociedad Promociones 21212, C.A. La Sala confirmó la responsabilidad solidaria de Goldberg solo para los períodos fiscales hasta el 30 de agosto de 2004, excluyéndolo para los períodos posteriores, donde se determinó que Domingo Aires Goncalves sería el responsable. La decisión se basa en la falta de pruebas que vinculen a Goldberg con la administración de la empresa después de esa fecha, así como en la experticia grafotécnica que determinó la falsedad de su firma en documentos posteriores a su cesión de funciones.
Extracto de la motiva
La Sala Político-Administrativa, al analizar el caso, consideró que la responsabilidad solidaria de Igor Flasz Goldberg debía ser evaluada en función de su vinculación con la administración de la sociedad Promociones 21212, C.A. Se destacó que, según el contrato de venta de acciones firmado el 4 de agosto de 2004, Goldberg había cesado en sus funciones como administrador desde el 1° de septiembre de 2004. La Sala también tomó en cuenta la experticia grafotécnica que determinó que las firmas presentadas en documentos posteriores eran imitaciones, lo que reforzó la decisión de excluirlo de la responsabilidad solidaria para los períodos fiscales posteriores a su cesión de funciones. En consecuencia, se ordenó que la Comisión Nacional de Casinos ajustara la responsabilidad solidaria a los períodos correspondientes, confirmando la responsabilidad de Goldberg solo hasta el 30 de agosto de 2004.
Dispositiva
Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada Sorelys Alejandra Bujana Zamudio, actuando en nombre de Igor Flasz Goldberg, contra la sentencia interlocutoria S/N del 30 de marzo de 2012. Se CONFIRMA la responsabilidad solidaria de Igor Flasz Goldberg por las obligaciones tributarias reclamadas por la Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles, únicamente para los períodos fiscales que van desde el 1° de abril de 2003 hasta el 30 de agosto de 2004, y se REVOCA en lo concerniente a la responsabilidad solidaria para los períodos impositivos comprendidos desde el 31 de agosto de 2004 hasta el 30 de abril de 2009, donde se considera responsable solidario a Domingo Aires Goncalves.
Palabras clave
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