Sentencia N° 1259 — Sala Político Administrativa del TSJ, 7 de diciembre de 2010

TSJ/SPA, Sent. N° 01259, Exp. 2010-0649, 08/12/2010
Expediente2010-0649
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2010-12-07
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del TSJ se pronunció sobre la consulta de la sentencia N° 1.029, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la SUCESIÓN ERASMO RICCOBONO BILLECI. Se revocaron los reparos a los activos 1, 8, 27, 28 y 31, se confirmó parcialmente el reparo al activo 5 y se confirmaron los reparos a los activos 2, 6 y 7. La Sala destacó la falta de motivación en los reparos y la necesidad de emitir nuevas planillas de liquidación de impuesto y multa.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala, atendiendo a la prerrogativa prevista a favor de la República en el artículo 72 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 5.892 Extraordinario de fecha 31 de julio de 2008; pronunciarse en consulta sobre la sentencia N° 1.029 de fecha 1° de febrero de 2006, dictada por el Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por los integrantes de la SUCESIÓN ERASMO RICCOBONO BILLECI, supra identificados y, en consecuencia: 1) revocó los reparos efectuados por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del SENIAT a los activos identificados con los Nos. 1, 8, 27, 28 y 31; 2) confirmó parcialmente el reparo formulado al Activo N° 5 y 3), confirmó los reparos verificados a los activos signados bajos los Nos. 2, 6 y 7, ordenando en tal virtud a la Administración Tributaria, emitir nuevas planillas de liquidación de impuesto y multa.

Dispositiva

Por las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENE (sic) CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por los abogados Norberto Vivas Vivas y Ana Tibisay Vivas Cárdenas, suficientemente identificados, actuando en su carácter de Apoderados Judicial de la ‘SUCESIÓN ERASMO RICCOBONO BILLECI’, en virtud de lo cual, se revocan los reparos realizados a los Activos identificados con los Nros. 1, 8, 27, 28 y 31; se confirma parcialmente el reparo efectuado al Activo identificado como Nº 5 y se confirman los reparos verificados a los Activos signados bajo los Nros. 2, 6 y 7,(sic) y en consecuencia se ordena a la Administración Tributaria, emitir nuevas Planillas de Liquidación de impuesto y multa en los términos asentados en el presente fallo…”.

Palabras clave

actos administrativosmotivacióninspección judicialpruebacontencioso tributario

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