La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el desistimiento de la demanda por cobro de bolívares interpuesta por la Comunidad de Propietarios del Edificio Centro Plaza contra el FOGADE. El abogado Francisco Javier Ochoa, apoderado judicial de la demandante, solicitó la homologación del desistimiento tras el pago de las cantidades adeudadas por concepto de cuotas extraordinarias de condominio. La Sala consideró que el desistimiento no contraviene el orden público ni está prohibido por la ley, por lo que se declaró homologado.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre el desistimiento planteado por el abogado Francisco Javier Ochoa, apoderado judicial de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO CENTRO PLAZA. El prenombrado abogado señaló en diligencia de fecha 1 de julio de 2003 lo siguiente: “En horas de despacho del día de hoy primero (01) de julio de 2003, comparece por ante este Juzgado FRANCISCO JAVIER OCHOA B., abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.650, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, a los fines de exponer: “En este acto DESISTO DEL PROCEDIMIENTO Y DE LA ACCIÓN intentada, por cuanto la demandada ha pagado las cantidades adeudadas por concepto de cuotas extraordinarias de condominio, en consecuencia DESISTO y pido a este tribunal le imparta la correspondiente homologación Es todo...”. Conforme a la transcripción anterior, observa la Sala que el abogado Francisco Javier Ochoa, quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la demandante manifestó su intención de desistir del recurso de nulidad interpuesto. Siendo ello así, visto que el desistimiento efectuado no es contrario al orden público ni se encuentra expresamente prohibido por la Ley, así como que quien lo realizó se encuentra debidamente facultado mediante documento poder, debe la Sala declarar homologado el desistimiento de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Así se declara.
Dispositiva
Por las consideraciones expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO de la demanda por cobro de bolívares intentada por el abogado Francisco Javier Ochoa, ya identificado, actuando en su condición de apoderado judicial de la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO CENTRO PLAZA, contra el FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS Y PROTECCIÓN BANCARIA (FOGADE). Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado. Archívese el expediente.
Palabras clave
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