DecisiónExtinción de la acción por pérdida del interés
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la extinción de la acción por pérdida del interés en un recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad Centro Agrario Las Magnolias, C.A. contra un acto administrativo del Ministerio del Ambiente. La Sala constató que la parte recurrente no había realizado ninguna actuación procesal durante más de nueve años, lo que evidenció una inactividad procesal absoluta.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse acerca de la paralización de la causa y, en tal sentido, se observa: El abogado Gustavo José Ruíz González, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil Centro Agrario Las Magnolias, C.A., interpuso el recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con solicitud de amparo cautelar contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° RI-507 de fecha 30 de junio de 2003, dictada por el Ministro del Ambiente y de los Recursos Naturales (hoy Ministerio del Poder Popular para el Ambiente), que declaró sin lugar el recurso jerárquico ejercido por la referida sociedad de comercio contra la Providencia Administrativa N° 042 del 6 de noviembre de 2002 emanada de la Dirección Estadal Ambiental Carabobo, según la cual dicho órgano administrativo negó a la recurrente la autorización para ocupar un lote de terreno “a los fines de desarrollar la cría de avestruces” y ordenó eliminar cualquier actividad que generase perjuicios a la salud y al ambiente. Mediante decisión N° 00011 del 16 de enero de 2014, la Sala ordenó a la sociedad mercantil recurrente manifestar su interés en la decisión del asunto, para lo cual le concedió un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de la constancia en autos de haberse practicado su notificación (folios 91 al 101 del expediente), al advertir que desde la última actuación de la parte recurrente el 5 de febrero de 2004 (folio 23 del expediente) hasta el 16 de enero de 2014, transcurrieron más de nueve (9) años sin que la actora hubiese realizado actuación alguna, lo que evidencia una absoluta inactividad procesal.
Dispositiva
Conforme a los razonamientos antes expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN por PÉRDIDA DEL INTERÉS en el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de amparo cautelar por el abogado Gustavo José Ruíz González, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil CENTRO AGRARIO LAS MAGNOLIAS, C.A., contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° RI-507 de fecha 30 de junio de 2003, dictada por el MINISTRO DEL AMBIENTE Y DE LOS RECURSOS NATURALES (hoy Ministro del Poder Popular para el Ambiente). Publíquese, regístrese y comuníquese. Archívese el expediente judicial y devuélvase el expediente administrativo. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
interés procesalacción procesalextinción de la accióntutela judicialinactividad procesalderecho de accesojusticia administrativa