Sentencia N° 1258 — Sala Político Administrativa del TSJ, 11 de julio de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 01258, Exp. 2006-1403, 12/07/2007
Expediente2006-1403
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2007-07-11
DecisiónDecaimiento

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el desistimiento de la apelación presentada por Maritza Parra González en representación de varias sociedades mercantiles. La apelación se refería a decisiones de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo que declararon improcedentes solicitudes de amparo cautelar y suspensión de efectos de una resolución de la Superintendencia de Seguros. La Sala constató que el desistimiento fue homologado por la Corte Primera en un expediente relacionado, lo que llevó a declarar el decaimiento de la apelación interpuesta.

Extracto de la motiva

Correspondería a esta Sala pronunciarse sobre el desistimiento de la apelación formulada por la parte accionante en el caso de autos, sin embargo se observa: Esta Sala, por notoriedad judicial, tuvo conocimiento que la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo mediante sentencia de fecha 4 de mayo de 2007, declaró homologado el desistimiento formulado en el expediente N° 2005-000927, según nomenclatura de la referida Corte, contentivo del recurso de nulidad interpuesto con amparo constitucional y subsidiariamente medida cautelar innominada por los abogados Máximo N. Febres y Maritza Parra González, antes identificados, actuando en “nombre propio (…) y representación” de las sociedades mercantiles supra señaladas, contra la Resolución N° 000477 de fecha 6 de junio de 2005, emanada de la Superintendencia de Seguros, constatando dicho órgano jurisdiccional para ello, que “las partes que suscriben el mencionado documento [refiriéndose al documento protocolizado en fecha 27 de diciembre de 2006, ante la Notaria Trigésimo Quinta del Municipio Libertador del Distrito Capital, mediante el cual las partes desisten de la presente acción como del procedimiento] tienen capacidad para disponer del objeto controvertido, y que el presente desistimiento versa sobre derechos y materias disponibles entre las partes, en las cuales no está involucrado el orden público; razón por la cual se dan por cumplidos los requerimientos establecidos al respecto por el Código de Procedimiento Civil”. Por cuanto con el fallo antes mencionado quedó extinguida la causa principal, debe esta Sala declarar el decaimiento de la apelación interpuesta. Así se establece.

Dispositiva

En virtud de los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO de la apelación ejercida por la abogada MARITZA PARRA GONZÁLEZ, actuando “en nombre propio y en su carácter de representante” de las sociedades mercantiles GRUPO ASEGURADOR PROVISIONAL GRASP, C.A., INVERSIONES 13410, C.A, PREVISIÓN DE NEGOCIOS, PREVINEGOCIOS, C.A., SERVICIOS Y ASISTENCIA PREVISIONALES, SERVIAPRICA, C.A., PREVISIÓN MÉDICA, PREVIMED, C.A., e INVERSIONES PREVISIONALES, INVERPREVI, C.A. Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes. Remítase el expediente a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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