Sentencia N° 1255 — Sala Político Administrativa del TSJ, 16 de noviembre de 2016

TSJ/SPA, Sent. N° 01255, Exp. 2012-1480, 17/11/2016
Expediente2012-1480
PonenteEULALIA COROMOTO GUERRERO RIVERO
MateriaLaboral
Tipo de recursoCasacion Social
Fecha de la decisión2016-11-16
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la jurisdicción para conocer la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos presentada por Félix José Núñez contra el Instituto Autónomo de Mantenimiento Ambiental (IAMA). La Sala revocó la sentencia del Juzgado Primero de Primera Instancia que había declarado la falta de jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública, argumentando que el Poder Judicial tiene competencia para decidir sobre la solicitud presentada por el demandante.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala emitir un pronunciamiento con relación a la consulta de jurisdicción planteada, de acuerdo a la competencia que le ha sido atribuida en el numeral 20 del artículo 23 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, el artículo 26, numeral 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, y los artículos 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil. Se observa que mediante sentencia de fecha 25 de septiembre de 2012 (folios 7 al 14 del expediente), el Juzgado remitente declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial respecto a la Administración Pública por órgano de la Inspectoría del Trabajo, para conocer la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos formulada por el ciudadano Félix José Núñez, antes identificado, contra el Instituto Autónomo de Mantenimiento Ambiental (IAMA), adscrito al Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Aragua, por encontrarse para el momento del despido presuntamente amparado por el Decreto Presidencial Núm. 8.732 del 24 de diciembre de 2011 (publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Núm. 39.828 del 26 de diciembre de 2011), aplicable ratione temporis, que estableció la inamovilidad laboral a favor de los trabajadores y trabajadoras del sector privado y del sector público. Por cuanto de lo remitido por el Juzgado consultante no se evidenciaba la naturaleza laboral o funcionarial de la relación que mantuvo el solicitante con el referido Instituto, este órgano jurisdiccional dictó autos para mejor proveer Núms. AMP-154 del 19 de diciembre de 2012 y AMP-011 del 18 de febrero de 2016, mediante los cuales ordenó solicitar al Instituto Autónomo de Mantenimiento Ambiental (IAMA), adscrito al Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Aragua, que informara si la relación que mantenía el ciudadano Félix José Núñez con ese órgano era laboral o de empleo público.

Dispositiva

Sobre la base de los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que el PODER JUDICIAL TIENE JURISDICCIÓN para conocer de la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos presentada por el ciudadano FÉLIX JOSÉ NÚÑEZ contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DE MANTENIMIENTO AMBIENTAL (IAMA), adscrito al Municipio Sucre del Estado Bolivariano de Aragua. En consecuencia, se REVOCA la sentencia consultada dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Aragua el 25 de septiembre de 2012.

Palabras clave

jurisdiccióndespidoreenganchesalarios caídosIAMA

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