Sentencia N° 1255 — Sala Político Administrativa del TSJ, 16 de mayo de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 01255, Exp. 1997-13241, 17/05/2006
Expediente1997-13241
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoMedidas Cautelares
Fecha de la decisión2006-05-16
DecisiónDecaído el objeto de la solicitud de medida cautelar de embargo

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la medida cautelar de embargo solicitada por el apoderado judicial de los ciudadanos Arnoldo Ponce Mérida y Elías Hidalgo Rodríguez contra el Instituto Nacional de Hipódromos. La Sala declaró el decaimiento del objeto de la medida cautelar debido a que la acción principal había sido declarada perimida en una sentencia anterior.

Extracto de la motiva

Correspondería a la Sala pronunciarse sobre la medida preventiva de embargo solicitada por el apoderado judicial de la parte demandante, de conformidad con lo establecido en los artículos 585 y 588, ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil, sin embargo, se debe advertir lo siguiente: En sentencia Nº 00770 de fecha 30 de mayo de 2002, esta Sala declaró la perención de la instancia en la demanda que por resolución de contrato e indemnización de daños y perjuicios interpusiera el abogado Arnoldo Ponce Delgado, actuando con el carácter de apoderado judicial de los ciudadanos Arnoldo Ponce Mérida y Elías Hidalgo Rodríguez contra el Instituto Nacional de Hipódromos. Ahora bien, visto que la medida cautelar es accesoria a la acción principal y por cuanto esta última fue declarada perimida, debe forzosamente esta Sala Político-Administrativa declarar el decaimiento del objeto de la referida medida preventiva solicitada por la demandante. Así se declara.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DECAÍDO EL OBJETO DE LA SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO efectuada por el apoderado judicial de los ciudadanos ARNOLDO PONCE MÉRIDA y ELÍAS HIDALGO RODRÍGUEZ, en la demanda que por resolución de contrato e indemnización de daños y perjuicios interpusiera contra el INSTITUTO NACIONAL DE HIPÓDROMOS.

Palabras clave

medida cautelarembargoperenciónindemnizacióndaños y perjuiciosCódigo de Procedimiento Civil

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