Sentencia N° 1251 — Sala Político Administrativa del TSJ, 11 de julio de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 01251, Exp. 2007-0348, 12/07/2007
Expediente2007-0348
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2007-07-11
DecisiónAdmite cuanto ha lugar en derecho, el recurso contencioso-administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar, solicitud subsidiaria de suspensión de efectos y medida cautelar innominada

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso de nulidad interpuesto por ENTEL VENEZUELA, C.A. contra la Resolución N° DM/No. 029/2006, que revocó su concesión de telefonía fija local. La Sala determinó su competencia para conocer el caso, dado que el acto impugnado emanó de un órgano superior de la Administración Pública Central. Además, se inadmitió la medida cautelar de amparo constitucional solicitada conjuntamente con el recurso de nulidad, argumentando que la parte actora había optado por vías judiciales alternas.

Extracto de la motiva

La Sala concluye que cuando se proponga la solicitud de amparo conjuntamente con la acción de nulidad, una vez decidida la admisibilidad de la acción principal, deberá resolverse de forma inmediata sobre la medida cautelar requerida y en caso de ser acordada, se abrirá cuaderno separado con el objeto de tramitar la oposición respectiva, remitiéndose éste seguidamente al Juzgado de Sustanciación conjuntamente con la pieza principal contentiva del recurso de nulidad, a fin de continuar la tramitación correspondiente.

Dispositiva

1.- Declara que LA COMPETENCIA para conocer y decidir la presente causa corresponde a esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia. 2.- ADMITE cuanto ha lugar en derecho, el recurso contencioso-administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con amparo cautelar, solicitud subsidiaria de suspensión de efectos y medida cautelar innominada, por la sociedad de comercio ENTEL VENEZUELA, C.A., contra la Resolución N° DM/No. 029/2006, dictada en fecha 25 de septiembre de 2006, por el entonces MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA hoy MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA INFRAESTRUCTURA. 3.- Declara INADMISIBLE la medida cautelar de amparo constitucional ejercida conjuntamente con el recurso de nulidad a que se refieren las presentes actuaciones. 4.- ORDENA, la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación a los fines de la continuación del proceso.

Palabras clave

nulidadamparo cautelartelecomunicacionesCONATELderecho a la defensalibertad económicatutela judicial efectiva

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