Sentencia N° 1245 — Sala Político Administrativa del TSJ, 5 de noviembre de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 01245, Exp. 2012-1394, 06/11/2013
Expediente2012-1394
PonenteEMILIO RAMOS GONZÁLEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2013-11-05
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, decidió sobre la apelación interpuesta por Margarita Casinos Austria, C.A. contra la sentencia interlocutoria N° 109/2011, que declaró improcedente la solicitud de suspensión de efectos de un acto administrativo. La Sala consideró que la apelante no logró demostrar el periculum in damni, es decir, el daño inminente que podría sufrir si se ejecutaba el acto impugnado. Además, se determinó que la decisión del tribunal de instancia se ajustó a derecho, al no haber incurrido en incongruencia negativa ni en inmotivación por silencio de pruebas.

Extracto de la motiva

El Juzgado a quo en su decisión, señaló que los estados financieros “reexpresados” y auditados por la firma Bod Guillén, Martínez & Asociados, de noviembre de 2005 a enero de 2011, demostraron que del movimiento de sus Activos, la contribuyente cuenta con la disponibilidad suficiente para soportar la obligación tributaria determinada por la Comisión Nacional de Casinos, Salas de Bingo y Máquinas Traganíqueles, por concepto de contribuciones especiales, regalías, multas e intereses moratorios, sin que ello conlleve un detrimento de su patrimonio. En tal sentido, siendo que estamos en fase cautelar y privan criterios de urgencia, limitados a un juicio de probabilidad y verosimilitud del derecho reclamado, se exige una prueba que le permita al Juez llegar a la conclusión de la existencia de las condiciones requeridas para que proceda el proveimiento cautelar, por lo tanto, siendo el informe de auditoría el medio probatorio presentado en esta fase por la contribuyente para demostrar el daño, esta Sala de seguidas analizará la forma cómo dicha prueba será valorada.

Dispositiva

Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por los apoderados judiciales de la sociedad mercantil MARGARITA CASINOS AUSTRIA, C.A., contra la sentencia interlocutoria Nro. 109/2011 de fecha 28 de octubre de 2011 dictada por el Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró improcedente la suspensión de los efectos solicitada contra el acto administrativo contenido en la Resolución identificada con letras y números CNC-D-RCS-2010-032 de fecha 30 de diciembre de 2010, emitida por la COMISIÓN NACIONAL DE CASINOS, SALAS DE BINGO Y MÁQUINAS TRAGANÍQUELES. En consecuencia, se CONFIRMA la decisión apelada. Se CONDENA en costas a la parte apelante, Margarita Casinos Austria, C.A., por un monto equivalente al uno por ciento (1%) de la cuantía del recurso contencioso tributario, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente por remisión expresa del artículo 332 del Código Orgánico Tributario vigente.

Palabras clave

apelaciónmedida cautelarsuspensión de efectoscontencioso tributario

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