Sentencia N° 1242 — Sala Político Administrativa del TSJ, 8 de octubre de 2002
TSJ/SPA, Sent. N° 01242, Exp. 02-0689, 09/10/2002
Expediente02-0689
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2002-10-08
DecisiónInadmisible
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso contencioso-administrativo de nulidad interpuesto por AVENTIS PHARMA, S.A. contra la Resolución Nº 024 de la Ministra de Salud y Desarrollo Social. Sin embargo, declaró inadmisible la acción de amparo constitucional solicitada de forma cautelar, argumentando que no se demostraron adecuadamente las violaciones a los derechos constitucionales alegados por la parte recurrente. La decisión se fundamenta en la falta de sustento probatorio sobre la violación de derechos a la defensa y a la propiedad intelectual.
Extracto de la motiva
La Sala observa que la representación judicial de la parte presuntamente agraviada alegó la violación de los derechos constitucionales a la defensa y a la propiedad intelectual de su representada, los cuales pasa a examinar esta Sala y a tal efecto observa: 1.- Violación al derecho constitucional a la defensa: Denuncian los apoderados judiciales de la parte presuntamente agraviada que a su representada se le violentó su derecho a la defensa, por cuanto las consideraciones contenidas en el escrito que presentó en fecha 24 de noviembre de 2000 a la Junta Revisora de Productos Farmacéuticos del Instituto Nacional de Higiene, no fueron tomadas en consideración por la Ministra de Salud y Desarrollo Social al momento de dictar la Resolución N° 024. Señalaron que el referido escrito aportó elementos suficientes para que la autoridad administrativa concluyera que la sociedad mercantil AVENTIS PHARMA, S.A., tenía un interés personal, legítimo y directo para intervenir en cualquier procedimiento administrativo destinado a autorizar la comercialización de Calcort (copia), además de presumir que las autoridades administrativas no notificaron a su representada de la existencia de ese procedimiento. 2.- Violación del derecho a la propiedad intelectual: Al respecto señalaron que existe una presunción grave de violación del derecho de propiedad intelectual de la sociedad mercantil AVENTIS PHARMA, S.A., sobre el producto farmacéutico Calcort, cuyo principio activo es la Deflazacort, por cuanto en la solicitud presentada por la sociedad mercantil Megat Pharmaceutical S.A., para obtener la autorización de comercialización para Flazaten (copia), se utilizó el trámite de producto conocido y se apoyó en la información confidencial suministrada por la presunta agraviada para obtener la autorización de comercialización del producto Calcort.
Dispositiva
1.- ADMITE, a los solos efectos de su trámite y verificación por parte del Juzgado de Sustanciación de la Sala, de lo atinente a la caducidad de la acción y el agotamiento previo de la vía administrativa, el recurso contencioso-administrativo de nulidad interpuesto por los apoderados judiciales de la sociedad de comercio AVENTIS PHARMA, S.A., ya identificada, contra el acto contenido en la RESOLUCIÓN Nº 024, dictada en fecha 29 de enero de 2002, por la MINISTRA DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL. 2.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional ejercida en forma cautelar con el recurso de nulidad a que se refieren las presentes actuaciones.
Palabras clave
nulidadamparo constitucionalderechos constitucionalespropiedad intelectualtutela judicial efectivaresolución administrativa