Sentencia N° 1236 — Sala Político Administrativa del TSJ, 27 de octubre de 2015

TSJ/SPA, Sent. N° 01236, Exp. 2012-1832, 27/10/2015
Expediente2012-1832
PonenteEvelyn Marrero Ortíz
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2015-10-27
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario, que había declarado parcialmente con lugar un recurso contencioso tributario. La controversia se centró en la legalidad de la Resolución del SENIAT que impuso sanciones a Del Sur Banco Universal, C.A. por incumplimientos tributarios. La Sala revocó el fallo apelado, estableciendo que las sanciones debían calcularse con base en la unidad tributaria vigente al momento de la emisión del acto administrativo, y no en la fecha de la comisión del ilícito.

Extracto de la motiva

La Sala considera que el Tribunal de la causa, al dictar la sentencia apelada, incurrió en el vicio de falta de aplicación del Parágrafo Segundo del artículo 94 del Código Orgánico Tributario de 2001, vigente en razón del tiempo. En consecuencia, se revoca el fallo apelado respecto a la unidad tributaria aplicable para calcular las sanciones impuestas. Se declara con lugar el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial del Fisco Nacional, y se establece que las sanciones de multa impuestas deben ser calculadas con base en la unidad tributaria vigente para el momento de emisión de la Resolución Culminatoria de Fiscalización Aceptación Total del Reparo y Pago del Tributo Omitido.

Dispositiva

1.- FIRMES por no haber sido apelados y no desfavorecer los intereses del Fisco Nacional, los siguientes pronunciamientos de la Jueza de mérito: 1) la comisión de las infracciones por parte de la sociedad mercantil Del Sur Banco Universal, C.A., por el incumplimiento de los deberes materiales como agente de retención en materia de impuesto sobre la renta, para los períodos impositivos comprendidos entre los meses de enero y junio de 2003; 2) la improcedencia del vicio de falso supuesto de derecho, porque los hechos invocados se corresponden con los previstos en los numerales 3 y 4 del artículo 112 del Código Orgánico Tributario de 2001, aplicable para ese momento, en concordancia con el Parágrafo Segundo del mismo artículo; 3) la no procedencia de la denuncia de transgresión de los principios constitucionales de proporcionalidad y razonabilidad; 4) la desestimación del alegato de violación del principio de irretroactividad; y 5) la procedencia de la liquidación de intereses moratorios a cargo de la recurrente, por el monto de Veintiocho Mil Cuatrocientos Setenta y Siete Bolívares con Veintidós Céntimos (Bs. 28.477,22). 2.- CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial del FISCO NACIONAL contra la sentencia definitiva Nro. 1976 dictada por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha 27 de septiembre de 2012, que declaró Parcialmente Con Lugar el recurso contencioso tributario incoado conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por las apoderadas judiciales de la sociedad mercantil DEL SUR BANCO UNIVERSAL, C.A., contra la Resolución Nro. SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2009-0820 del 18 de noviembre de 2009, emitida por la Gerencia de Recursos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT). 3.- SIN LUGAR el recurso contencioso tributario incoado conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por la mencionada contribuyente contra la Resolución Nro. SNAT/GGSJ/ GR/DRAAT/2009-0820 del 18 de noviembre de 2009, dictada por la Gerencia de Recursos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), la cual queda FIRME.

Palabras clave

recurso contencioso tributariosanciones tributariasunidad tributaria

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