Sentencia N° 1235 — Sala Político Administrativa del TSJ, 11 de agosto de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 01235, Exp. 2008-0577, 12/08/2009
Expediente2008-0577
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2009-08-11
DecisiónSIN LUGAR

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso de apelación interpuesto por HARVEST VINCCLER, C.A. contra la decisión del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que admitió pruebas promovidas por la contribuyente. La Sala determinó que el pronunciamiento del juez de instancia no vulneró los derechos fundamentales de la recurrente, ya que se instó a las partes a evacuar las pruebas dentro de los plazos establecidos, lo cual no constituye una violación a sus derechos.

Extracto de la motiva

Vistos los términos en que fue dictado el fallo apelado, así como las alegaciones expuestas en su contra por el apoderado judicial de la sociedad mercantil Harvest Vinccler, C.A., observa esta Sala que en el presente caso la controversia se contrae a examinar si el pronunciamiento del a quo “en el que supedita el valor probatorio de las pruebas promovidas al hecho de que las mismas sean evacuadas en el lapso legalmente establecido”, vulneró los derechos fundamentales de su representada relativos a la defensa, debido proceso, a la igualdad, al derecho de acceso a la justicia, a la tutela judicial efectiva, al derecho de acceder a la información y a los datos, así como al derecho de petición. Previamente debe esta Alzada advertir que la presente decisión no se pronunciará en torno a la legalidad de la admisión de las pruebas de informes y de exhibición de documentos decretada por el Juez de la causa, por cuanto el recurso de apelación fue ejercido únicamente respecto a la salvedad hecha por el sentenciador de instancia referida a que las pruebas promovidas “sean evacuadas en el lapso legalmente establecido”. Así se declara. Delimitado lo anterior, se observa que el representante de la contribuyente alegó que el Juez de la causa vulneró los derechos fundamentales antes enunciados, ya que “estatuye como un deber de la recurrente el velar por la pertinente evacuación de las pruebas promovidas, teniendo conocimiento de que dos de ellas que resultan fundamentales para la defensa de los derechos e intereses debatidos no dependen de ésta sino de, por una parte, la Municipalidad recurrida y, por la otra, de Petróleos de Venezuela, S.A (…) como agente de retención de los Impuestos pagados por nuestra mandante a través de este mecanismo.

Dispositiva

1.- SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el apoderado judicial de la sociedad mercantil HARVEST VINCCLER, C.A., contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, en fecha 11 de junio de 2008. 2.- CONFIRMA la aludida sentencia, que admitió las pruebas promovidas por la contribuyente. Se CONDENA en costas a la parte apelante, sociedad mercantil Harvest Vinccler, C.A., en un monto equivalente al uno por ciento (1%) de la cuantía de la causa, de conformidad con los artículos 274 y 281 del Código de Procedimiento Civil, aplicables a la presente causa por remisión expresa del artículo 332 del vigente Código Orgánico Tributario.

Palabras clave

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