Sentencia N° 1234 — Sala Político Administrativa del TSJ, 11 de octubre de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 01234, Exp. 2011-0477, 13/10/2011
Expediente2011-0477
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2011-10-11
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Carmen Teresa Chacón Corzo contra la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo del SENIAT. Se revocó la sentencia apelada en cuanto a la exclusión de ingresos gravables por un préstamo y se confirmó la aplicación de la concurrencia de infracciones, ordenando a la Administración Tributaria emitir nuevas planillas de liquidación. La decisión se fundamenta en la revisión de los argumentos presentados por ambas partes y la legalidad del procedimiento administrativo seguido.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la Providencia Administrativa cumple con los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario y que no se observan vicios de nulidad. Se desestima el alegato de la recurrente sobre la incompetencia de la fiscal actuante, ya que actuó dentro del marco legal. Asimismo, se concluye que la Administración Tributaria actuó conforme a derecho al aplicar las sanciones correspondientes, y se confirma la legalidad de la Providencia que dio inicio al procedimiento de fiscalización. En cuanto a la exclusión de ingresos por concepto de préstamo, se determina que la Jueza de instancia incurrió en error al restar dicha cantidad de los ingresos gravables, lo que lleva a revocar la sentencia en este aspecto.

Dispositiva

1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la ciudadana Carmen Teresa Chacón Corzo. 2.- Se CONFIRMA CON DIFERENTE MOTIVACIÓN la Resolución Culminatoria de Sumario Administrativo N° SNAT/INTI/GRTI/RLA/DSA/2009-004. 3.- SE ANULAN las planillas de liquidación Nros. 120 y 119 y se ORDENA a la Administración Tributaria emitir nuevas planillas de liquidación. 4.- PROCEDENTE los intereses moratorios, los cuales se liquidarán hasta el momento del pago definitivo de la obligación tributaria. 5.- NO HAY CONDENA EN COSTAS.

Palabras clave

Contencioso TributarioSENIATImpuesto sobre la RentaCarmen Teresa Chacón Corzo

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