La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la demanda interpuesta por el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH) contra el Venezolano de Crédito, S.A., por incumplimiento de la cartera hipotecaria obligatoria. La demanda buscaba el cobro de una multa impuesta por un acto administrativo. La Sala determinó que el Poder Judicial no tiene jurisdicción para conocer la demanda, ya que corresponde a la Administración Pública ejecutar sus decisiones administrativas.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Corresponde a esta Sala emitir pronunciamiento en la presente causa y, al respecto se observa lo siguiente: IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 7 de 13 La demanda ejercida por la apoderada judicial del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH), contra la sociedad mercantil Venezolano de Crédito, S.A., Banco Universal, ya identificados, tiene por objeto lograr el pago de la cantidad para entonces de setenta y dos millones quinientos noventa mil doscientos bolívares (Bs. 72.590.200,00), multa que fue impuesta al demandado por la Resolución
Dispositiva
Declara que en esta etapa del proceso, el PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer la demanda por juicio ejecutivo conjuntamente con medida de embargo preventivo interpuesta por la abogada Mirna Yazmín Olivier, apoderada judicial del BANCO NACIONAL DE VIVIENDA Y HÁBITAT (BANAVIH), contra la sociedad mercantil VENEZOLANO DE CRÉDITO, S.A., BANCO UNIVERSAL.