Sentencia N° 123 — Sala Político Administrativa del TSJ, 10 de febrero de 2016

TSJ/SPA, Sent. N° 00123, Exp. 2015-0736, 10/02/2016
Expediente2015-0736
PonenteINOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoConsignación
Fecha de la decisión2016-02-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la jurisdicción para conocer de la solicitud de consignación de cánones de arrendamiento presentada por Olivo Ramírez Pache a favor de la sociedad Alfa IV, C.A. El Tribunal remitente había declarado que carecía de jurisdicción, argumentando que la solicitud correspondía a la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (SUNDDE). Sin embargo, la Sala concluyó que el Poder Judicial tiene jurisdicción para conocer de la solicitud, revocando la decisión del Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario.

Extracto de la motiva

Con fundamento en lo establecido en el artículo 23 numeral 20 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, el artículo 26 numeral 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y, en los artículos 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil, corresponde a esta Sala Político-Administrativa conocer las consultas de jurisdicción, para lo cual se observa: Se evidencia de la revisión de las actas procesales (folios 7 y 8 del expediente) la decisión de fecha 9 de junio de 2015, en la cual el Tribunal remitente declaró que “carece de jurisdicción” para conocer de la solicitud incoada por el ciudadano Olivo Ramírez Pache, a favor de su arrendadora, dado que la misma corresponde única y exclusivamente a la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (SUNDDE), con fundamento en el artículo 27 del Decreto con Rango, Valor y fuerza de Ley de Regulación y Arrendamiento Inmobiliario para Uso comercial, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nro. 40.418 del 23 de mayo de 2014, el cual establece: “Artículo 27. El pago del canon de arrendamiento se efectuará en una cuenta bancaria cuyo único titular sea el arrendador, la cual no podrá ser clausurada durante la relación arrendaticia. Los datos correspondientes a la cuenta bancaria deberán ser establecidos en el contrato de arrendamiento. En caso de cambio o modificación de la cuenta bancaria, el arrendador deberá con quince (15) días antes de la fecha de pago, participar al arrendatario los datos de la nueva cuenta bancaria o de las modificaciones que se hubieren efectuado. Si el arrendatario no pudiese efectuar el pago por causas imputables al arrendador, a la entidad bancaria, o por fuerza mayor, podrá consignar los montos correspondientes en la cuenta que a tal efecto pondrá a disposición de los arrendatarios el organismo competente en materia de arrendamientos de inmuebles destinados al uso comercial. Estos montos sólo podrán ser retirados a solicitud expresa del arrendador”.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que el PODER JUDICIAL TIENE JURISDICCIÓN para conocer de la solicitud de consignación de cánones de arrendamiento, interpuesta por el ciudadano Olivo Ramírez Pache, asistido por los abogados antes identificados, a favor de la sociedad de comercio ALFA IV, C.A., hasta tanto el Ministerio del Poder Popular para Industria y Comercio con asistencia de la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (SUNDDE), publique el procedimiento para recibir las solicitudes de consignación de cánones de arrendamiento de locales con uso comercial. En consecuencia, se REVOCA la decisión dictada por el Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 9 de junio de 2015.

Palabras clave

consignaciónarrendamientojurisdicciónSUNDDE

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca