Sentencia N° 123 — Sala Político Administrativa del TSJ, 28 de enero de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 00123, Exp. 2007-0815, 29/01/2009
Expediente2007-0815
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2009-01-28
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia revocó la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que había declarado parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Zaramella & Pavan Construction Company, S.A. contra la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo del SENIAT. La Sala consideró que el Juez de instancia incurrió en un falso supuesto de derecho al aplicar analógicamente un plazo de caducidad que no era aplicable a la fase de fiscalización. Además, se declaró procedente la eximente de responsabilidad penal tributaria solicitada por la contribuyente, anulando las multas y los intereses moratorios impuestos por el SENIAT.

Extracto de la motiva

La Sala considera que el Juez a quo incurrió en un falso supuesto de derecho al haber aplicado “analógicamente” el lapso de caducidad previsto en el artículo 192 del Código Orgánico Tributario vigente, a la fase previa investigativa de fiscalización, pues los actos en ella producidos corresponden a actos de mero trámite, previos o preparatorios de la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo que es el acto definitivo y, por tanto, no resulta ajustada a derecho la aplicación de un lapso fatal reservado a la fase del procedimiento relativo al Sumario Administrativo, ya que, precisamente, el legislador no previó para la primera de éstas una limitación temporal dentro de la cual la Administración Tributaria deba desarrollar su labor investigativa o pesquisitoria. Asimismo, se destaca que la norma prevista en el artículo 87, parágrafo sexto de la Ley de Impuesto sobre la Renta de 1999, no posee naturaleza sancionatoria, ni viola el principio de capacidad contributiva ni la garantía de no confiscatoriedad, al rechazar la deducción de egresos o admisión de costos efectivamente pagados, por no haberse enterado el importe retenido dentro de los lapsos establecidos en la Ley.

Dispositiva

1.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia de fecha 20 de octubre de 2005, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por las apoderadas judiciales de la sociedad mercantil ZARAMELLA & PAVAN CONSTRUCTION COMPANY, S.A. (Z & P CONSTRUCTION CO., S.A.), la cual se REVOCA. 2.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto contra la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo No. RZ-SA-2004-500012 de fecha 12 de abril de 2004, suscrita por el Gerente Regional de Tributos Internos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), al resultar aplicable la eximente de responsabilidad penal tributaria invocada e improcedentes los intereses moratorios liquidados. En consecuencia: 2.1.- Se ANULAN las multas impuestas en la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo No. RZ-SA-2004-500012 del 12 de abril de 2004, en aplicación de los artículos 101 y 111 del Código Orgánico Tributario. 2.2.- Se ANULAN los intereses moratorios determinados en dicha Resolución, por un monto de Bs. 3.178,672. 2.3.- FIRMES los reparos formulados en la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo No. RZ-SA-2004-500012 del 12 de abril de 2004, suscrita por el Gerente Regional de Tributos Internos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), respecto a los rubros siguientes: i) omisión de ingresos, correspondiente a facturas que fueron registradas en forma parcial; ii) costos sin comprobación; ii) duplicidad de registro; iv) costos no destinados a la producción de la renta; v) rebaja por inversiones; vi) error de cálculo; vii) rechazo de la deducción de costos por haber enterado las cantidades retenidas fuera de los plazos establecidos y; ix) pérdidas producto del reajuste por inflación.

Palabras clave

recurso contencioso tributariofiscalizacióneximente de responsabilidad penal tributaria

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