Sentencia N° 1223 — Sala Político Administrativa del TSJ, 7 de noviembre de 2017

TSJ/SPA, Sent. N° 01223, Exp. 2017-0414, 08/11/2017
Expediente2017-0414
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2017-11-07
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso de apelación interpuesto por el Municipio Valencia del Estado Carabobo, revocando la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario de la sociedad Banco Nacional de Crédito. La Sala determinó que los ingresos por inversiones en títulos valores deben ser considerados en la base imponible del impuesto sobre actividades económicas, desestimando los argumentos de la contribuyente sobre la no gravabilidad de dichos ingresos. Además, se condenó en costas a la contribuyente.

Extracto de la motiva

La motivación de la Sala se centra en la interpretación de la normativa tributaria aplicable y la naturaleza de los ingresos generados por las inversiones en títulos valores. Se argumenta que estos ingresos son parte de la actividad económica del banco y, por lo tanto, deben ser gravados. La Sala también hace referencia a la potestad tributaria de los municipios y la necesidad de que los ingresos sean declarados y considerados para el cálculo del impuesto correspondiente. Se concluye que la decisión del tribunal de instancia fue incorrecta al considerar que dichos ingresos no debían ser gravados.

Dispositiva

1. CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la apoderada judicial del MUNICIPIO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO; en consecuencia, se REVOCAN la sentencia definitiva número 1444 dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central en fecha 28 de enero de 2016. 2. SIN LUGAR el recurso contencioso tributario incoado conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por la contribuyente BANCO NACIONAL DE CRÉDITO, C.A. BANCO UNIVERSAL, contra la denegatoria tácita producto del silencio administrativo por la omisión de pronunciamiento en cuanto al recurso jerárquico ejercido el 6 de noviembre de 2014, contra la Resolución Nº RRc/2014-10-010 de fecha 3 de octubre de 2014, notificada el 17 del mismo mes y año, dictada por la Dirección de Hacienda Pública Municipal de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO, mediante la cual se declaró sin lugar el recurso de reconsideración interpuesto contra la Resolución N° RL/2014-07-154 del 8 de julio de 2014, notificada el 10 de julio de 2014; actos administrativos éstos que quedan firmes. Se CONDENA EN COSTAS a la contribuyente en los términos expuestos en esta decisión.

Palabras clave

recurso contencioso tributarioimpuesto sobre actividades económicasBanco Nacional de CréditoMUNICIPIO VALENCIAsentencia

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