La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por José Marcelino Aguilar Sanoja contra un acto administrativo de la Contraloría General de la República. La Sala admitió el recurso de nulidad, pero declaró inadmisible la acción de amparo constitucional solicitada de manera conjunta. La decisión se fundamentó en la falta de verificación de violaciones a derechos constitucionales y en la urgencia de la medida cautelar solicitada, que ya no era posible de reparar debido al tiempo transcurrido desde la sanción impuesta.
Extracto de la motiva
La Sala considera que, al tratarse de un recurso de nulidad contra un acto administrativo emanado del Contralor General de la República, la competencia para conocer del caso corresponde a esta Sala. En virtud de las consideraciones expuestas, se admite el recurso contencioso administrativo de nulidad, sin perjuicio de la verificación por parte del Juzgado de Sustanciación de la Sala, de lo atinente a su caducidad. Se declara inadmisible la acción de amparo constitucional solicitada de manera conjunta con el recurso contencioso administrativo de nulidad.
Dispositiva
1.- SU COMPETENCIA para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con acción de amparo constitucional y subsidiariamente con medida cautelar de suspensión de efectos. 2.- SE ADMITE el presente recurso contencioso administrativo de nulidad. 3.- INADMISIBLE la acción de amparo constitucional solicitada.
Palabras clave
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