La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró sin lugar la demanda interpuesta por SURAMERICANA DE OBRAS PÚBLICAS C.A. contra el Estado Trujillo, en la que se solicitaba indemnización por daños y perjuicios. La decisión se fundamentó en la falta de pruebas que demostraran la responsabilidad patrimonial del Estado por las acciones administrativas que llevaron a la suspensión de los cobros de peaje y la nulidad de los contratos de concesión. Además, se condenó a la parte demandante en costas por haber sido totalmente vencida en el proceso.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la parte demandante no logró demostrar la existencia de un daño imputable a la Administración, ya que los documentos presentados carecían de valor probatorio y no se evidenció el control por parte del Instituto Regional de Vialidad del Estado Trujillo. Asimismo, se desestimaron las pretensiones de indemnización por no cumplir con los requisitos establecidos en la normativa aplicable. En consecuencia, se concluye que la demanda es improcedente y se ordena el pago de costas a la parte demandante.
Dispositiva
Con fundamento en los razonamientos antes expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la demanda que por indemnización de daños y perjuicios planteó la sociedad mercantil SURAMERICANA DE OBRAS PÚBLICAS C.A. (SUROPCA), contra el ESTADO TRUJILLO. Se condena en costas a la referida sociedad mercantil por haber sido totalmente vencida en el presente proceso, conforme al artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Palabras clave
indemnizacióndaños y perjuiciosEstado Trujillocontratos de concesión