La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia acepta la competencia declinada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, para conocer de la demanda interpuesta por Carlos Zapata Aguilera contra el Ministerio del Poder Popular para Hábitat y Vivienda. La demanda se refiere a la titularidad de un inmueble adquirido en conjunto con su madre, quien falleció antes de completar el pago, y se solicita el reconocimiento de derechos sobre la propiedad.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Corresponde a esta Sala emitir pronunciamiento en relación con la declinatoria de competencia de jurisdicción planteada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, para conocer la demanda “MERO DECLARATIVA Y NULIDADES TESTAMENTARIAS” interpuesta por el ciudadano Carlos Zapata Aguilera, asistido por la abogada Yraida Peter Sánchez, ya identificados, contra el Ministerio del Poder Popular para Hábitat y Vivienda, en atención a la competencia que le ha sido atribuida en el numeral 20 del artículo 23 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, los artículos 26, numeral 20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual observa: La parte accionante en su escrito libelar indicó que su pretensión es satisfacer el interés legítimo que -en su criterio- le asiste, por ser el propietario legal de una vivienda que, en principio, fue adjudicada a su fallecida madre por el Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI), pero por no cumplir con los requisitos para ser adjudicataria él
Dispositiva
1.- QUE ACEPTA LA COMPETENCIA declinada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, para conocer de la demanda mero declarativa de derecho, interpuesta por el ciudadano CARLOS ZAPATA AGUILERA, asistido por la abogada Yraida Peter Sánchez, antes identificados, contra la República Bolivariana de Venezuela, por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA HÁBITAT Y VIVIENDA. 2.- Se ORDENA remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación, a los fines de que, previa notificación de la parte actora, sean verificadas las causales de inadmisibilidad.
Palabras clave
competenciajurisdicciónacción declarativaderecho de propiedadadministración pública