Sentencia N° 122 — Sala Político Administrativa del TSJ, 30 de enero de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 00122, Exp. 2002-0652, 31/01/2007
Expediente2002-0652
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2007-01-30
DecisiónSin Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, resolvió la demanda de indemnización presentada por José Rafael Velásquez contra la República Bolivariana de Venezuela, relacionada con la regulación del canon de arrendamiento de un inmueble. La Sala declaró sin lugar la demanda, argumentando que la nulidad de la resolución administrativa no implica automáticamente un mal funcionamiento de la Administración Pública que genere responsabilidad. Se concluyó que no existieron elementos probatorios suficientes que demostraran la existencia de un daño imputable a la Administración.

Extracto de la motiva

Resuelto lo concerniente a la falta de cualidad pasiva invocada por la parte demandada, aprecia la Sala que tal como se señaló en el capítulo anterior, la presente acción se dirige a obtener la indemnización solicitada por el demandante, debido a la diferencia del canon de arrendamiento dejado de percibir, en razón de una supuesta actuación ilegal de la República, esto e... esto margen de racionalidad es precisamente la valoración que de dichos instrumentos se haga. Lo anterior se justifica, si se toma en consideración que la sola declaratoria de nulidad de la Resolución Administrativa correspondiente no apareja necesariamente la existencia de un mal funcionamiento de la Administración que genere la obligación de resarcir los eventuales daños que pudieran generase con motivo de los efectos producidos durante la vigencia del acto antijurídico. Tal planteamiento obedece a la naturaleza que comporta el desenvolvimiento de este tipo de actividad, ya que cuando la Dirección General de Inquilinato fija el canon máximo mensual de arrendamiento lo hace en estricta atención a lo arrojado por el avalúo practicado al inmueble en sede administrativa, lo cual en cierta medida le resta autonomía a sus decisiones, que estarían supeditadas a los datos que al efecto suministren los peritos avaluadores y no así a la libre apreciación del funcionario. De manera que, para determinar la responsabilidad en dicho escenario resulta necesario atender no sólo a la declaratoria de nulidad del acto administrativo, sino también a la forma como se llevaron a cabo las actuaciones y diligencias que en ese sentido se practicaron en sede administrativa.

Dispositiva

Por las razones expuestas, el Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de indemnización por daño patrimonial intentada por el ciudadano JOSÉ RAFAEL VELÁSQUEZ, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. Publíquese, regístrese, notifíquese y archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

indemnizacióndaño patrimonialcanon de arrendamientoresolución administrativaresponsabilidad administrativanulidadadministración pública

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