Sentencia N° 1217 — Sala Político Administrativa del TSJ, 7 de octubre de 2008

TSJ/SPA, Sent. N° 01217, Exp. 2003-0068, 08/10/2008
Expediente2003-0068
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaConstitucional
Tipo de recursoAmparo Constitucional
Fecha de la decisión2008-10-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el desistimiento de la acción de amparo constitucional formulado por los apoderados judiciales de las sociedades mercantiles CARDILMA, C.A. y CORPORACIÓN INDUSTRIAL QUIFOVEN II, C.A. La Sala determinó que el apoderado no contaba con la facultad expresa para desistir de la acción, según lo establecido en el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil. Por lo tanto, se ordenó la notificación del apoderado para que acreditara dicha facultad en un plazo de diez días.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse sobre el desistimiento formulado. Al efecto, observa: Mediante diligencia del 31 de marzo de 2005, el abogado Omar E. García Valentiner, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte actora, manifestó lo siguiente: “en nombre de mis representadas, y siguiendo instrucciones de éstas desisto de la acción de amparo constitucional y pido se dé por terminado el procedimiento que cursa por ante esta Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia. En consecuencia, pido se ordene el archivo del expediente”. Ahora bien, de la revisión del instrumento poder que cursa a los folios 84 al 88 del anexo 1 del presente expediente, se advierte que al referido apoderado no le fue otorgada la facultad expresa para desistir que le exige el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil. Siendo ello así, y por cuanto esta Sala ha establecido en anteriores oportunidades que no se puede homologar la solicitud de desistimiento hasta tanto conste en autos dicha facultad expresa, debe ordenarse la notificación del apoderado judicial de las sociedades mercantiles accionantes para que dentro de un lapso de diez (10) días de despacho siguientes a su notificación, consigne prueba de lo anterior. (Vid. sentencia de esta Sala N° 056 del 4 de junio de 2008). Así se declara.

Dispositiva

Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ORDENA la notificación del abogado Omar E. García Valentiner, apoderado judicial de las sociedades mercantiles accionantes, para que acredite en el expediente su facultad expresa de desistir de la acción incoada; para lo cual se le conceden diez (10) días de despacho siguientes a su notificación; transcurrido dicho lapso, la Sala proveerá sobre la petición. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

desistimientoacción de amparofacultad expresaCódigo de Procedimiento Civilnotificaciónsociedades mercantilesSala Político-Administrativa

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