La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró parcialmente con lugar la demanda de indemnización interpuesta por Multiservicios Quimar, C.A. contra la Fundación Salud del Estado Monagas. Se resolvió el contrato No. FSEM-13-00 y se consideró improcedente la indemnización por lucro cesante, pero procedente la indemnización por daño emergente, ordenando el pago de Bs. 3.492,72 más corrección monetaria desde el 05 de mayo de 2000 hasta la publicación del fallo. La Sala determinó que la actora solo pudo cumplir sus obligaciones contractuales durante tres días antes de ser desalojada.
Extracto de la motiva
La Sala pasa a decidir sobre el mérito del asunto controvertido, y en tal sentido debe determinar la procedencia o no de la resolución del contrato suscrito en fecha 02 de mayo de 2000 por la sociedad Multiservicios Quimar, C.A. y la Fundación Salud del Estado Monagas, así como de la indemnización por daños y perjuicios que reclama la primera, o si por el contrario operó, como lo plantea la fundación demandada, la “rescisión tácita” del contrato en virtud de la reincorporación de la sociedad mercantil Distribuidora Natifran, S.R.L. como concesionario con las obligaciones que había asumido la actora. Es menester entonces referirse primero a los aspectos que no forman parte del asunto debatido y que por tanto, no requieren de actividad probatoria. Así, de la lectura de los escritos de demanda y contestación se aprecia que la representación judicial de la Fundación Salud del Estado Monagas negó y contradijo lo alegado por la demandante. Sin embargo, admitió que: Las partes celebraron, en el mes de mayo de 2000, un contrato de servicios. Que Multiservicios Quimar, C.A. fue desalojada de las instalaciones de la cocina del Hospital Central Dr. Manuel Núñez Tovar el día 05 de mayo de 2000 para reincorporar a Distribuidora Natifran, S.R.L. en el servicio de suministro de alimentos del mencionado centro asistencial, en virtud de un fallo emitido en el recurso de amparo constitucional intentado por esta última sociedad mercantil. Por los servicios prestados, la Fundación Salud del Estado Monagas pagó a la accionante la suma de un millón setecientos cuarenta y seis mil trescientos sesenta y un bolívares (Bs. 1.746.361,00), correspondiente a un día de servicios y suministro de alimentos.
Dispositiva
Por los razonamientos expuestos, la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por indemnización de daños y perjuicios interpuesta por la sociedad mercantil MULTISERVICIOS QUIMAR, C.A. contra la FUNDACIÓN SALUD DEL ESTADO MONAGAS. En consecuencia, se declara: 1.- RESUELTO el contrato No. FSEM-13-00, celebrado por las partes con el objeto de suministrar materia prima (alimentos y víveres) para la alimentación a pacientes y personal de los servicios del Hospital Central Dr. Manuel Núñez Tovar de la ciudad de Maturín, en el Estado Monagas. 2.- IMPROCEDENTE la indemnización por lucro cesante reclamada por la sociedad accionante. 3.- PROCEDENTE la indemnización por daño emergente en los términos expuestos en esta sentencia. En consecuencia, se ordena a la Fundación Salud del Estado Monagas, pagar a Multiservicios Quimar, C.A.: 3.1.- La cantidad de tres mil cuatrocientos noventa y dos bolívares con setenta y dos céntimos (Bs. 3.492,72). 3.2.- La corrección monetaria de la suma anterior, tomando en cuenta los Índices de Precios al Consumidor publicados por el Banco Central de Venezuela, desde el 05 de mayo de 2000 y hasta la fecha en que sea publicado el presente fallo.
Palabras clave
indemnizacióncontratodaños y perjuiciosrescisióncompetencia