La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por Aquamarina de la Costa, C.A. contra la Resolución de Verificación de Créditos Fiscales del SENIAT. Se anularon varios rechazos de créditos fiscales, argumentando que la Administración Tributaria no precisó adecuadamente los incumplimientos en las facturas. La sentencia confirma la improcedencia del rechazo de notas de crédito y establece que la Administración debe realizar los cálculos de prorrata para determinar el reintegro de los créditos fiscales solicitados por la contribuyente.
Dispositiva
Se declara parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario ejercido por la sociedad mercantil AQUAMARINA DE LA COSTA, C.A., contra la Resolución (Verificación de Créditos Fiscales I.C.S.V.M.) Núm. MH/SENIAT/GRTI-RNO/DR-000092/99 de fecha 15 de septiembre de 1999, notificada el 29 de octubre de 1999, mediante la cual la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (SENIAT), hoy Administración Aduanera y Tributaria, de la cual se ANULAN los rechazos por los conceptos siguientes: a) Facturas de otros períodos impositivos por monto de Bs. 10.729.562,00; b) Facturas que no cumplen con el artículo 9 y 10 de la Resolución 3.061 por la cantidad de Bs. 1.168.921,00; c) Facturas que no cumplen con el artículo 63 del Reglamento de la Ley del Impuesto al Consumo Suntuario y a las Ventas al Mayor, por la cantidad de Bs. 187.267,00; y por un monto de Bs. 6.733.035,00 (Importación de servicios); e) Facturas no fidedignas, por la cantidad de Bs. 1.362.900,00; f) Facturas no fidedignas, (no certificadas por los proveedores) por un monto de Bs. 1.955.873,00; g) Error en el libro de compras por la cantidad de Bs. 10.000,00; h) Importaciones de otros períodos impositivos por la cantidad de Bs. 284.742,00; i) Rechazo de créditos fiscales por ‘Diferencias entre los Libros y las Declaraciones del Impuesto al Consumo Suntuario y a las Ventas al Mayor’, por Bs. 161.699,00; y k) no inclusión en la declaración de Impuesto al Consumo Suntuario y a las Ventas al Mayor débitos fiscales generados por Clear Water Acuaculture Technology, por la cantidad de Bs. 6.733.035,00.
Palabras clave
Contencioso TributarioCréditos FiscalesAQUAMARINA DE LA COSTA, C.A.SENIATFisco Nacional