DecisiónHOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO y NIEGA el desistimiento del recurso contencioso administrativo de nulidad
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el desistimiento de la apelación interpuesta por la sociedad mercantil Jordan Cosmetics, S.A. contra una resolución de la Superintendencia para la Promoción y Protección de la Libre Competencia. Se homologó el desistimiento de la apelación, pero se negó el desistimiento del recurso contencioso administrativo de nulidad, manteniendo firme la decisión de inadmisibilidad del recurso por caducidad.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse acerca del desistimiento presentado, para lo cual observa: En fecha 2 de mayo de 2007 la abogada Karina Anzola Spadaro, actuando con el carácter de co-apoderada judicial de la sociedad mercantil Jordan Cosmetics, S.A., consignó diligencia por medio de la cual expuso: '…visto que, en fecha 23 de marzo de 2007, (…) esta representación acudió ante la misma Corte Primera a desistir tanto del recurso contencioso administrativo de nulidad como de la apelación interpuesta (…); y visto que, no obstante esa petición, la Corte Primera decidió remitir a este Máximo Tribunal de la República el presente expediente para que se pronunciara sobre la apelación interpuesta; reitero ante esta Sala Político-Administrativa la decisión de [su] representada, JORDAN COSMETICS, S.A., de desistir tanto de la apelación como del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto en el presente caso, de acuerdo con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.'
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO de la apelación ejercida el 8 de marzo de 2007, por la sociedad mercantil JORDAN COSMETICS, S.A., contra la sentencia de fecha 13 de julio de 2006 dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo el 27 de junio de 2006. 2.- NIEGA el desistimiento del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con medida cautelar de suspensión de efectos por la sociedad mercantil JORDAN COSMETICS, S.A., contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° SPPLC/0038-2006 de fecha 6 de septiembre de 2006, emanada de la SUPERINTENDENCIA PARA LA PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DE LA LIBRE COMPETENCIA (PROCOMPETENCIA). En consecuencia, queda FIRME el fallo apelado, conforme a lo previsto en el aparte 17 del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela.