La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, declara parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil COMPUNET, C.A., representada por Omar Alí Prieto Herrera, contra la resolución del SENIAT que impuso sanciones por incumplimiento en la retención del impuesto al valor agregado. Se confirma la resolución del jerárquico, pero se anula el cálculo de las sanciones, ordenando a la Administración Tributaria emitir nuevas planillas de liquidación ajustadas a la concurrencia de infracciones. Además, se condena en costas a la contribuyente.
Extracto de la motiva
La Sala considera que el Tribunal a quo actuó conforme a derecho al aplicar lo establecido en el artículo 81 del Código Orgánico Tributario, que establece que cuando concurran dos o más ilícitos tributarios sancionados con penas pecuniarias, se debe aplicar la sanción más grave, aumentada con la mitad de las otras sanciones. Sin embargo, debido a un error en el cálculo de las sanciones, se declara parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario y se confirma las sanciones de multa, pero con diferente graduación. La Sala también establece que las multas deberán ser recalculadas a través de la emisión de las correspondientes Planillas de Liquidación Sustitutivas, ajustándolas al valor que tuviese la unidad tributaria para cuando se efectúe el pago definitivo de las respectivas multas.
Dispositiva
1. PARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO interpuesto por la Sociedad Mercantil COMPUNET C.A., representada por el ciudadano Omar Ali Prieto Herrera; 2. SE CONFIRMA CON DIFERENTE GRADUACION la Resolución del Jerárquico N° SNAT/INTI/GRTI/RLA/DJT/ARA/2011-E-305 de fecha 31/08/2011. 3. SE ORDENA, al Gerente de Tributos Internos de la Región los Andes a emitir nuevas planillas de conformidad con el presente fallo.
Palabras clave
Contencioso TributarioSancionesImpuesto al Valor Agregado