Sentencia N° 1210 — Sala Político Administrativa del TSJ, 23 de octubre de 2012

TSJ/SPA, Sent. N° 01210, Exp. 2012-0326, 23/10/2012
Expediente2012-0326
PonenteTRINA OMAIRA ZURITA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2012-10-23
DecisiónAcepta la competencia

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la declinatoria de competencia presentada por el Tribunal Disciplinario Judicial en relación a la solicitud de revisión de la destitución del abogado José Teodoro Bonilla Fernández como Juez Temporal. La Sala aceptó la competencia declinada y ordenó remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación para que se pronuncie sobre la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por el demandante.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala Político-Administrativa Accidental pronunciarse acerca de la declinatoria de competencia efectuada por el Tribunal Disciplinario Judicial, y en tal sentido, observa: En el escrito presentado por el abogado José Teodoro Bonilla Fernández, este solicitó: (i) se revise la situación derivada de su “destitución” como Juez de Control de Primera Instancia Penal del Circuito Judicial del Estado Lara, Extensión Carora, con carácter temporal (ii) se le informen las razones por las cuales fue destituido, (iii) se le garantice el ejercicio de su derecho a la defensa, y (iv) sea “reivindicado ante la sociedad” por la vía de su reincorporación al Poder Judicial como Juez Penal. A tal objeto, sostuvo que es un servidor público íntegro, que durante su desempeño en la Fuerza Armada Nacional mantuvo una hoja de conducta intachable, y que a propósito de las razones esgrimidas por el entonces Magistrado Luis Velásquez Alvaray a los fines de su destitución, ha sido injustamente maltratado, injuriado, difamado y vilipendiado. Revisados los términos del aludido escrito, observa la Sala que el prenombrado abogado no encuadró su solicitud en alguna de las acciones contencioso-administrativas previstas en el Ordenamiento Jurídico venezolano; no obstante, de los planteamientos resumidos en el párrafo que antecede y, en especial, de la pretensión de reincorporación formulada, considera esta Sala Accidental que la comentada solicitud tiene por objeto cuestionar el acto administrativo mediante el cual la Comisión Judicial acordó separar al abogado José Teodoro Bonilla Fernández del cargo de Juez temporal que venía ejerciendo en el Circuito Judicial Penal del Estado Lara.

Dispositiva

1.- Que ACEPTA LA COMPETENCIA declinada por el Tribunal Disciplinario Judicial para conocer y decidir el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por el abogado JOSÉ TEODORO BONILLA FERNÁNDEZ contra la Resolución N° 2005-0100, de fecha 3 de mayo de 2005, mediante la cual la COMISIÓN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA dejó sin efecto su designación como Juez Temporal del Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. 2.- ORDENA REMITIR el expediente al Juzgado de Sustanciación para que se pronuncie sobre la admisibilidad de la acción ejercida, con prescindencia de la competencia ya determinada en el presente fallo. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

competenciarecurso contenciosonulidadPoder Judicialactos administrativosComisión JudicialTribunal Supremo

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