Sentencia N° 1209 — Sala Político Administrativa del TSJ, 7 de noviembre de 2017

TSJ/SPA, Sent. N° 01209, Exp. 2016-0739, 08/11/2017
Expediente2016-0739
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoMedidas Cautelares
Fecha de la decisión2017-11-07
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer de la solicitud de 'MEDIDA CAUTELAR ESPECIAL AGRARIA DE OCUPACIÓN, POSESIÓN Y USO' interpuesta por la empresa Fama de América, S.A. La Sala confirmó la decisión del Juzgado Superior Primero Agrario, que había declarado su incompetencia para conocer el caso, argumentando que la solicitud debía ser tramitada por el Ministerio del Poder Popular para la Agricultura Productiva y Tierras, dado que la empresa había sido ocupada formalmente por el Estado mediante un decreto de expropiación.

Extracto de la motiva

La Sala aprecia que la pretensión de la empresa accionante interpuesta el 26 de septiembre de 2016, está dirigida a que el Poder Judicial, “(…) AUTORICE la designación mediante resolución Ministerial N° 086-16, a los ciudadanos que a continuación se mencionan para los cargos Directores Principales y Coordinador de la Comisión, ALFREDO JOSÉ MORA ÁLVAREZ, (…) (Coordinador de la Comisión de Enlace y junta de lento Administración Ad-Hoc); Directores Principales RANDOLFO FERNÁNDEZ, (…) PEDRO JOSÉ KHALIL PEREIRA, (…) MARÍA MATILDE SOSA RUÍZ, (…) y DANNY COROMOTO DURAN LÓPEZ, (…) a los fines de la publicación de la Gaceta Oficial (...)”; asimismo se faculte a los referidos ciudadanos para que “(…) conjuntamente ejecuten, los actos y decisiones necesarias para el funcionamiento regular y horrar (sic) los compromisos pasivos y activos adecuados para ejecutar una administración ajustada al derecho y obligaciones del Estado, y cubrir el debido funcionamiento de la Empresa (…) mientras entra en vigencia y es publicada en Gaceta Oficial la designación de la Comisión de Enlace y Junta de Administración Ad-Hoc” y entre otros aspectos, se “sirva ORDENAR lo conducente para notificar a la Contraloría General de la República y al Ministerio del Poder Popular de Agricultura Productiva y Tierras, así como a los siguientes entidades bancarias Mercantil Banco; Banco Provincial BBVA; Banco Del Tesoro; Banco Bicentenario; Banco Agrícola; Banesco Banco Universal; Banco De Venezuela Y Banco Occidental De Descuento BOD, para el respectivo cambio de firma (…)”.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que el PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir de la solicitud de “MEDIDA CAUTELAR ESPECIAL AGRARIA DE OCUPACIÓN, POSESIÓN Y USO”, interpuesta por la representación judicial de la sociedad mercantil FAMA DE AMÉRICA, S.A., agregada a la Corporación Venezolana del Café, adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Agricultura Productiva y Tierras. En consecuencia, se CONFIRMA la decisión sometida a consulta dictada el 21 de octubre de 2016 por el Juzgado Superior Primero Agrario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y los Estados Miranda y Vargas. Así se declara.

Palabras clave

jurisdicciónmedida cautelaragriculturaexpropiación

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca