Sentencia N° 1209 — Sala Político Administrativa del TSJ, 29 de octubre de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 01209, Exp. 2013-1158, 30/10/2013
Expediente2013-1158
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaLaboral
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2013-10-29
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de jurisdicción del Poder Judicial para conocer la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por Mady Manecy Andara Gómez contra la sociedad mercantil K’ Fetines, C.A. La decisión se basa en que la actora estaba protegida por el Decreto de inamovilidad laboral N° 9.322, vigente al momento de su despido el 21 de junio de 2013.

Extracto de la motiva

Con fundamento en las disposiciones 23.20 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, 26.20 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, 59 y 62 del Código de Procedimiento Civil, corresponde a esta Sala conocer las consultas de jurisdicción. En las actas procesales (folios 06 al 08) consta la decisión de fecha 1° de julio de 2013, en la cual el Juzgado remitente declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial frente a la Administración Pública para conocer y decidir la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos interpuesta por la trabajadora, por encontrarse -presuntamente- amparada por el Decreto de inamovilidad laboral N° 9.322 de fecha 27 de diciembre de 2012. En el mencionado Decreto Presidencial, vigente para el momento del despido (21 de junio de 2013), el Ejecutivo Nacional estableció la inamovilidad laboral especial a favor de las trabajadoras y los trabajadores de los sectores público y privado protegidos (as) por la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras. Con fundamento en el Decreto de inamovilidad laboral N° 9.322 de fecha 27 de diciembre de 2012 (publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 40.079 de esa misma fecha), el o la trabajador (a) protegido (a) por la inamovilidad, no puede ser despedido (a), a menos que exista una causa justificada debidamente comprobada por el o la Inspector (a) del Trabajo, de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 422 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras.

Dispositiva

El PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la solicitud de calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos, intentada por la ciudadana Mady Manecy ANDARA GÓMEZ, contra la sociedad mercantil “K’ FETINES, C.A”. En consecuencia, se CONFIRMA -en los términos expuestos- la decisión sometida a consulta, dictada en fecha 1° de julio de 2013 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia.

Palabras clave

jurisdiccióninamovilidad laboraldespidoreenganchesalarios caídos

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