Sentencia N° 1201 — Sala Político Administrativa del TSJ, 2 de octubre de 2002
TSJ/SPA, Sent. N° 01201, Exp. 14050, 03/10/2002
Expediente14050
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoEjecutoria
Fecha de la decisión2002-10-02
DecisiónCon Lugar
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre la solicitud de ejecución forzosa del acuerdo judicial entre las partes, debido al incumplimiento de la parte demandada. Se destaca que la Sala había declarado su competencia en una sentencia anterior y homologado la transacción entre las partes. La decisión incluye la notificación al Procurador General de la República y la suspensión del proceso por un lapso de treinta días para que este se pronuncie sobre la solicitud.
Extracto de la motiva
Conforme a lo dispuesto en la norma precedentemente transcrita, y vista la solicitud de ejecución forzosa formulada por la parte demandante, esta Sala ordena la notificación del Procurador General de la República, mediante oficio, anexo al cual se acompañarán copias certificadas de los siguientes recaudos: 1.- De la sentencia dictada por esta Sala en fecha 30 de junio de 1999, en la que se declaró competente para conocer de la demanda interpuesta y se homologó la transacción suscrita por las partes. 2.- De la sentencia dictada por esta Sala en fecha 4 de abril de 2002, en la que se dictó decreto de ejecución voluntaria. 3.- De la diligencia de fecha 11 de julio de 2002, mediante la cual el apoderado de la parte actora solicitó la ejecución forzosa del acuerdo judicial suscrito entre las partes. 4.- De la transacción consignada en el expediente. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el citado artículo 95, debe esta Sala suspender la presente causa por un lapso de treinta (30) días continuos, contados a partir de la fecha de la consignación de la aludida notificación, y transcurrido dicho lapso, esta Sala emitirá un pronunciamiento respecto de la solicitud planteada. Así se declara.
Dispositiva
Notifíquese y remítase copia certificada del presente auto al Alcalde del Municipio Libertador del Distrito Capital de Caracas y a su Síndico Procurador Municipal. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
ejecucion forzosaacuerdo judicialtransaccionnotificacionprocurador generalcompetenciasuspension de proceso