El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, declaró parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por la Contraloría General de la República contra la sentencia del Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario. Se revocó la decisión apelada y se declaró la nulidad de la Resolución N° 04-00-03-03-024 de la Contraloría, manteniendo firme el reparo por omisión de ingresos y la multa por contravención. La Sala también determinó que la notificación defectuosa no afectó el derecho a la defensa de la contribuyente, ya que esta pudo interponer los recursos correspondientes.
Extracto de la motiva
Con fundamento en la motivación anterior, este TRIBUNAL SUPERIOR QUINTO DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el presente Recurso Contencioso Tributario, interpuesto de manera subsidiaria con el Recurso Jerárquico, por la empresa ‘INDUSTRIA AGRÍCOLA NACIONAL CULTIVADORES DE ASOCIADOS, S.A.’ (IANCA), contra del Acta de Reparo No 05-00-03-014 de fecha 21 de Enero de 1997, referidas a las revisiones efectuadas por las autoridades fiscales de la Contraloría mencionada, correspondientes a la Declaración Definitiva de Rentas de la contribuyente, comprendidas en el ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 1997. Se declara LA NULIDAD ABSOLUTA, de la Resolución N° 04-00-03-03-024, de fecha 31-07-1997, emitida por la contraloría General de la República.
Dispositiva
1.- IMPROCEDENTE, la solicitud de reposición de la causa efectuada por el apoderado judicial de la sociedad mercantil INDUSTRIA ALIMENTICIA NACIONAL DE CEREALES Y HARINAS, C.A. (IANCARINA, C.A.). 2.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, contra la sentencia Nº 880 del 31 de enero de 2005, dictada por el Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, se REVOCA el fallo apelado. 3.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por los apoderados judiciales de la contribuyente INDUSTRIA AGRÍCOLA NACIONAL CULTIVADORES ASOCIADOS S.A. (IANCA, S.A.), ahora sociedad de comercio INDUSTRIA ALIMENTICIA NACIONAL DE CEREALES Y HARINAS, C.A. (IANCARINA, C.A.), contra la Resolución N° 04-00-03-03-024 del 31 de julio de 1997, emanada de la Dirección de Procedimientos Jurídicos de la Contraloría General de la República.
Palabras clave
recurso contencioso tributarioContraloría General de la RepúblicaIANCAnulidadomisión de ingresos