Sentencia N° 120 — Sala Político Administrativa del TSJ, 24 de enero de 2002
TSJ/SPA, Sent. N° 00120, Exp. 0570, 29/01/2002
Expediente0570
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2002-01-24
DecisiónHOMOLOGA el DESISTIMIENTO
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la Cámara de Laboratorios Venezolanos (LAVE) contra un acto del Ejecutivo Nacional. Los apoderados judiciales solicitaron la homologación del desistimiento de la acción de nulidad debido a la derogatoria de la decisión impugnada. La Sala declaró competente para conocer del caso y homologó el desistimiento, extinguiendo la instancia y ordenando el archivo del expediente.
Extracto de la motiva
Como punto previo pasa esta Sala a pronunciarse acerca de su competencia para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto y, al respecto, observa: El artículo 266 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece en su numeral 5, lo siguiente: 'Son atribuciones del Tribunal Supremo de Justicia: 5. Declarar la nulidad total o parcial de los reglamentos y demás actos administrativos generales o individuales del Ejecutivo Nacional, cuando sea procedente.' A su vez, el único aparte del referido artículo dispone que: 'La atribución señalada en el numeral 1 será ejercida por la Sala Constitucional; las señalas en los numerales 2 y 3, en Sala Plena; y las contenidas en los numerales 4 y 5, en la Sala Políticoadministrativa. (...)' De conformidad con lo dispuesto en el citado artículo y en virtud de que en el caso de autos se ha solicitado la nulidad de un acto administrativo emanado del Ejecutivo Nacional, consistente en la publicación en Gaceta Oficial Nº 4.451 Extraordinaria, de fecha 5 de agosto de 1992, de la Decisión Nº 313, emanada de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, el conocimiento del presente recurso corresponde a esta Sala. Así se declara.
Dispositiva
Por las consideraciones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, 1. Se declara COMPETENTE para conocer del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos, por los abogados Gustavo Planchart Manrique, Gustavo Planchart Pocaterra, Humberto Romero-Muci y Marianela Zubillaga Gabaldón, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad civil CÁMARA DE LABORATORIOS VENEZOLANOS (LAVE) CAPÍTULO VENEZOLANO DE ALIFAR, contra el acto del EJECUTIVO NACIONAL relativo a la publicación en Gaceta Oficial Nº 4.451 Extraordinaria, de fecha 5 de agosto de 1992, de la Decisión Nº 313, emanada de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, mediante la cual se dicta el 'Régimen Común sobre Propiedad Industrial'. 2. Se HOMOLOGA el DESISTIMIENTO de la presente acción formulada por los abogados Gustavo Planchart Manrique y Yesenia Yubiri Piñango Mosquera, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la mencionada sociedad civil. En razón de lo anterior, se declara extinguida la instancia y se ordena el archivo del expediente. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.