Sentencia N° 12 — Sala Político Administrativa del TSJ, 9 de febrero de 2023

TSJ/SPA, Sent. N° 00012, Exp. 1974-1911, 09/02/2023
Expediente1974-1911
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2023-02-09
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se ordena la notificación a la Procuraduría General de la República y al Ministerio del Poder Popular para el Transporte, para que informen sobre el pago del justiprecio del inmueble objeto de expropiación. Se destaca que la solicitud de expropiación fue presentada en 1974 y que han transcurrido más de 30 años desde su interposición, lo que genera la necesidad de determinar si se ha cumplido con las obligaciones correspondientes. La decisión busca garantizar el cumplimiento de las normas y la justicia en el proceso de expropiación.

Extracto de la motiva

Aunado a ello, esta Máxima Instancia considera imperioso establecer si en el presente caso la Procuraduría General de la República o el entonces Ministerio del Poder Popular para el Transporte y Obras Públicas llegaron a realizar algún pago o alcanzar un acuerdo con los interesados para la cancelación del justiprecio del inmueble a que se contrae el asunto de autos. Como puede observarse, determinar la referida circunstancia es de suma importancia dada la gran cantidad de tiempo transcurrido y al hecho que la obra que motivó la petición de expropiación ya fue construida en su totalidad, pues en virtud de ello y de las actuaciones anteriormente señaladas, lo correspondiente sería declarar terminada la causa y ordenar el archivo del expediente por cuanto el procedimiento se cumplió en todas sus fases. Ahora bien, siendo que en fecha 11 de noviembre de 2021, esta Sala emitió la decisión Nro. 00323 mediante la cual ordenó notificar al entonces (…) Ministerio del Poder Popular para el Transporte y Obras Públicas y a la Procuraduría General de la República, [para que informaran] si llegaron a realizar algún pago o alcanzar un acuerdo con los interesados para la cancelación del justiprecio del inmueble objeto de expropiación, para ello se les otorga un lapso de treinta (30) días continuos contados a partir que consten en autos la práctica de su notificación. (…)”, so pena de ser sancionados según la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. (Agregados de la Sala). Aunado a ello, de la revisión efectuada a las actas procesales que cursan al expediente judicial, se pudo constatar que ni la Procuraduría General de la República ni el Órgano Ministerial dieron cumplimiento al dictamen efectuado por esta Máxima Instancia. Precisado lo anterior, este Órgano Colegiado en aras de emitir una decisión ajustada a derecho, estima necesario ordenar nuevamente la notificación a la Procuraduría General de la República y al hoy Ministerio del Poder Popular para el Transporte, para que informen si llegaron a realizar algún pago o alcanzar un acuerdo con los interesados para la cancelación del justiprecio del inmueble objeto de expropiación, para ello se les otorga un lapso de treinta (30) días continuos contados a partir que consten en autos la práctica de su notificación. Así se decide. De igual manera, se advierte a las mencionadas autoridades que el desacato de las decisiones judiciales podrá dar lugar a la aplicación de la sanción contemplada en el artículo 122 de la nueva Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia –Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Extraordinario Nro. 6.684 del 19 de enero de 2022-, consistente en una multa “(…) equivalente hasta doscientas veces el tipo de

Dispositiva

ORDENA la notificación a la Procuraduría General de la República y al Ministerio del Poder Popular para el Transporte, para que informen si llegaron a realizar algún pago o alcanzar un acuerdo con los interesados para la cancelación del justiprecio del inmueble objeto de expropiación, para ello se les otorga un lapso de treinta (30) días continuos contados a partir que consten en autos la práctica de su notificación.

Palabras clave

expropiaciónjustiprecionotificación

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