Sentencia N° 1196 — Sala Político Administrativa del TSJ, 1 de noviembre de 2017

TSJ/SPA, Sent. N° 01196, Exp. 2007-0820, 02/11/2017
Expediente2007-0820
PonenteEULALIA COROMOTO GUERRERO RIVERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2017-11-01
DecisiónNotificar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la decisión Núm. 0375, ordenó notificar al ciudadano Fabio Sgalla Vecino y al Instituto Nacional de Canalizaciones sobre las resultas de la experticia complementaria del fallo. Esta experticia fue realizada por peritos en cumplimiento de la sentencia anterior del 20 de marzo de 2014, que ordenó el pago de indemnización por daños y perjuicios al demandante. Se establece un plazo de diez días para que las partes se pronuncien sobre la experticia.

Extracto de la motiva

Correspondería a esta Sala pasar a pronunciarse sobre la ejecución voluntaria de la sentencia Núm. 0375 del 20 de marzo de 2014 requerida por la parte actora. Sin embargo debe determinarse previamente el monto total sobre el cual recae la condenatoria. En este sentido se advierte que en la referida sentencia se ordenó al Instituto Nacional de Canalizaciones pagar al ciudadano Fabio Sgalla Vecino, los siguientes conceptos: 1.- Los sueldos básicos dejados de percibir desde el 19 de diciembre de 1997 hasta el 27 de abril de 2005. 2.- Las prestaciones sociales correspondientes, calculadas desde el 19 de diciembre de 1997 hasta el 27 de abril de 2005. 3.- La bonificación por años de servicios, prevista en la cláusula 61 de la Convención Colectiva, que le correspondiera desde el 19 de diciembre de 1997 hasta el 27 de abril de 2005. 4.- El bono especial por retiro, previsto en la cláusula 63 de la Convención Colectiva. Para esos cálculos se exceptuaron los siguientes períodos: (i) del 29 de agosto de 2000 hasta el 30 de marzo de 2002, (ii) del 2 de abril de 2003 al 30 de septiembre de 2003; y, (iii) desde el 7 de enero de 2004 hasta el 30 de junio de 2004. A tal efecto, se ordenó efectuar una experticia complementaria del fallo, de conformidad con el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión expresa del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, que sería encomendada a peritos expertos en materia laboral, de acuerdo a lo establecido en aquella decisión.

Dispositiva

ORDENA notificar al ciudadano FABIO SGALLA VECINO, al INSTITUTO NACIONAL DE CANALIZACIONES y a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA sobre las resultas de la experticia complementaria del fallo consignada en fecha 13 de julio de 2017 por los peritos Eddy José Lara González y Juan Bautista Rosales Caro, realizada en cumplimiento de la sentencia Núm. 0375 de fecha 20 de marzo de 2014, para que en un lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de la fecha en que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas, manifiesten lo que estimen conducente con relación a la mencionada experticia complementaria del fallo. Transcurrido el indicado lapso, se emitirá el pronunciamiento correspondiente.

Palabras clave

ejecuciónsentenciaexperticiaindemnizaciónprestacionesnotificación

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