Sentencia N° 1190 — Sala Político Administrativa del TSJ, 19 de agosto de 2003

TSJ/SPA, Sent. N° 01190, Exp. 2003-0112, 19/08/2003
Expediente2003-0112
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2003-08-19
DecisiónSe acuerda diferir el pronunciamiento respecto a cuál tribunal es el competente para conocer el recurso de nulidad conjuntamente con acción de amparo cautelar.

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia planteado entre el Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo y Estabilidad Laboral del Estado Lara y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo. El caso se refiere a un recurso de nulidad y acción de amparo cautelar contra una providencia administrativa de la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara. La Sala se declara competente para conocer del conflicto, pero difiere el pronunciamiento sobre cuál tribunal debe conocer el recurso.

Extracto de la motiva

En el caso de autos se ha planteado un conflicto de competencia entre el Juzgado Segundo de Primera Instancia del Trabajo y Estabilidad Laboral del Estado Lara y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, para conocer de un recurso de nulidad ejercido conjuntamente con acción de amparo cautelar, en contra de la Providencia Administrativa Nº 101, de fecha 25 de mayo de 2001, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara, por tanto, en virtud de estar involucrado en dicha regulación, un Tribunal perteneciente a la jurisdicción contencioso administrativa, esta Sala Político Administrativa, actuando como cúspide de esta jurisdicción, se declara competente para conocer el conflicto planteado.

Dispositiva

1.- Que es COMPETENTE para conocer del conflicto de competencia planteado. 2.- Que se acuerda diferir el pronunciamiento respecto a cuál tribunal es el competente para conocer el recurso de nulidad conjuntamente con acción de amparo cautelar, interpuesto por el abogado Alexandre Marín Fantuzi, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil C.A. ENERGÍA ELÉCTRICA DE BARQUISIMETO (ENELBAR), contra la Providencia Administrativa Nº 101, de fecha 25 de mayo de 2001, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO LARA.

Palabras clave

conflicto de competenciarecurso de nulidadacción de amparoInspectoría del Trabajojurisdicción contencioso administrativaC.A. ENERGÍA ELÉCTRICA DE BARQUISIMETO

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