La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar la demanda interpuesta por Inversiones San Jhon, C.A. contra la Empresa de Propiedad Social Algodones del Orinoco, C.A. por incumplimiento de contrato. La Sala argumenta que no se presentaron pruebas suficientes que demuestren el incumplimiento alegado y que las circunstancias que impidieron el pago del anticipo contractual eran ajenas a la voluntad del ente contratante. Además, se condena en costas a la parte demandante por haber sido totalmente vencida en el juicio.
Extracto de la motiva
expreso en la actualidad en el Principio de Igualdad o Equilibrio ante las Cargas Públicas. Este principio tiene fundamento en que la Administración persigue la satisfacción y tutela de los intereses colectivos; y, si ésta en ejercicio de sus potestades -por órgano de autoridad legítima- causa un daño a un particular, éste no puede sufrir individualmente las cargas de la actividad dañosa de la Administración. No debe en función del colectivo someterse a un miembro de éste a una situación más gravosa que la que soportan la generalidad de los que la conforman y, de ocurrir, el equilibrio debe restablecerse mediante la indemnización correspondiente; por lo que, independientemente de que la actividad de la Administración fuese lícita o ilícita, con o sin culpa, si ésta le ha causado un daño a un particular, la Administración debe responder patrimonialmente. Se infiere de lo expuesto, que la Constitución vigente establece un régimen de responsabilidad administrativa de carácter objetivo que comporta tanto la llamada responsabilidad por sacrificio particular o sin falta, como el régimen de responsabilidad administrativa derivada del funcionamiento anormal del servicio público, según el cual los usuarios de los servicios públicos deben ser indemnizados por los daños que puedan surgir del mal funcionamiento de éstos. También la Exposición de Motivos de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, al referirse al sistema de responsabilidad patrimonial de la Administración Pública, señala expresamente que en ella se consagra ‘...la obligación directa del Estado de responder patrimonialmente por los daños que sufran los particulares en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea imputable al funcionamiento, normal o a
Dispositiva
1.- SIN LUGAR la demanda de contenido patrimonial por cobro de cantidades de dinero interpuesta por la empresa mercantil INVERSIONES SAN JHON, C.A., en contra de la sociedad mercantil EMPRESA DE PROPIEDAD SOCIAL ALGODONES DEL ORINOCO, C.A.; 2.- Se CONDENA EN COSTAS a la empresa mercantil INVERSIONES SAN JHON, C.A.
Palabras clave
responsabilidad administrativacontratos administrativosinterés públicoindemnizacióncargas públicasderechos de los particulares