La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso de apelación interpuesto por la sociedad de comercio Venezuelan Engineering Supply Construction, (VENESC, C.A.) contra la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que declaró inadmisible su recurso jerárquico. La Sala concluyó que el ciudadano Gabriel Enrique Zambrano Bustamante, quien interpuso el recurso, tenía las atribuciones necesarias para actuar en representación de la empresa, lo que llevó a revocar la decisión del tribunal inferior y declarar con lugar el recurso contencioso tributario.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse en esta oportunidad sobre el recurso de apelación incoado por el apoderado judicial de la sociedad de comercio Venezuelan Engineering Supply Construction, (VENESC, C.A.), contra la sentencia definitiva N° 215-2011 dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana en fecha 22 de julio de 2011, que declaró sin lugar el recurso contencioso tributario ejercido por la almacenadora antes mencionada, contra el acto administrativo contenido en la Resolución, identificada con las letras y números, SNAT-GGSJ-GR-DRAAT-2009-0834 de fecha 25 de noviembre de 2009, notificada el 20 de enero de 2010, suscrita por la Gerente de Recursos de la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), que declaró inadmisible el recurso jerárquico por falta de cualidad de quien lo interpuso. Vista la declaratoria contenida en la sentencia apelada, así como las objeciones formuladas en su contra por la representación de la sociedad mercantil y la contestación del Fisco Nacional correspondiente, se observa que la controversia en el caso de autos se circunscribe a decidir si el Tribunal de mérito al dictar el fallo apelado, incurrió en: (i) violación al debido proceso y; ii) falso supuesto de hecho al considerar que el ciudadano Gabriel Enrique Zambrano Bustamante no tenía facultades para representar a la contribuyente en sede administrativa al confundir esa instancia con la jurisdiccional.
Dispositiva
Por las razones expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la sociedad de comercio VENEZUELAN ENGINEERING SUPPLY CONSTRUCTION, (VENESC, C.A.), contra la sentencia definitiva Nº 215-2011 del 22 de julio de 2011 dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana, que declaró sin lugar el recurso contencioso tributario ejercido por los apoderados judiciales de la referida sociedad mercantil. 2.- Se REVOCA el fallo apelado. 3.- Conociendo el fondo, se declara CON LUGAR el recurso contencioso tributario incoado y, en consecuencia: 3.1.- Se ANULA la Resolución Nº SNAT-GGSJ-GR-DRAAT-2009-0834 de fecha 25 de noviembre de 2009, suscrita por la Gerente de Recursos de la Gerencia General de Servicios Jurídicos del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) que declaró inadmisible el recurso jerárquico interpuesto. 3.2.- Se ORDENA a la Administración Aduanera y Tributaria pronunciarse acerca de la admisibilidad del recurso jerárquico exceptuando el análisis de la causal decidida en este fallo. NO PROCEDE la condenatoria en costas procesales al FISCO NACIONAL conforme a lo expuesto en el presente fallo.