La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia relacionado con un recurso contencioso administrativo interpuesto por Ingris Ramona Gervis Zea contra un acto administrativo del CICPC que ordenaba su jubilación. La Sala determinó que el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital es el competente para conocer y decidir el caso, dado que la controversia se origina en la aplicación de normas administrativas sobre jubilaciones. La decisión se fundamenta en la interpretación de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y la normativa aplicable a funcionarios públicos.
Extracto de la motiva
La Sala infiere que se trata de la interposición oficiosa de una solicitud de regulación de competencia entre tribunales que tienen atribuida la competencia contencioso administrativa. En este sentido, corresponde a la Sala emitir pronunciamiento respecto a la regulación de competencia suscitada, atendiendo a la competencia atribuida por el artículo 26, numeral 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia; 23, numeral 19 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y los artículos 70 y 71 del Código de Procedimiento Civil. En la causa bajo examen, ha surgido un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital y la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, razón por la cual, dado que ambos órganos jurisdiccionales tienen atribuida competencia en materia contencioso-administrativa, esta Sala Político-Administrativa actuando de conformidad con la normativa mencionada ut supra, se declara competente para conocer de la regulación de competencia planteada en virtud del aludido conflicto. Así se declara.
Dispositiva
1.- QUE ES COMPETENTE para resolver la regulación de competencia suscitada en el presente caso. 2.- QUE CORRESPONDE al JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL la competencia para conocer y decidir el recurso contencioso administrativo funcionarial ejercido por la ciudadana INGRIS RAMONA GERVIS ZEA, asistida por el abogado Manuel de Jesús Domínguez, contra el acto administrativo contenido en el Oficio N° 9700-104-531 de fecha 20 de febrero de 2013, dictado por el Coordinador Nacional de Recursos Humanos del CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES Y CRIMINALÍSTICAS (CICPC). Publíquese, regístrese y comuníquese. Remítase el expediente al Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
regulación de competenciarecurso contencioso administrativojubilación