Sentencia N° 1185 — Sala Político Administrativa del TSJ, 25 de octubre de 2016

TSJ/SPA, Sent. N° 01185, Exp. 2015-0282, 03/11/2016
Expediente2015-0282
PonenteBÁRBARA GABRIELA CÉSAR SIERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2016-10-25
DecisiónDecaimiento del objeto

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de nulidad interpuesto por Champion Tecnologías, C.A. en virtud del silencio administrativo producido por el recurso jerárquico ante el Ministerio del Poder Popular para Petróleo y Minería. La Sala determinó que los actos administrativos impugnados habían sido anulados, lo que llevó a declarar el decaimiento del objeto del recurso de nulidad. La decisión se fundamentó en la facultad de la Administración de corregir sus errores en cualquier tiempo, conforme a la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala Político Administrativa, pronunciarse sobre el recurso de nulidad incoado por el apoderado judicial de la sociedad mercantil Champion Tecnologías, C.A., en virtud del silencio administrativo producido por el ejercicio del recurso jerárquico presentado ante el Ministro del Poder Popular Para Petróleo y Minería, contra el acto administrativo identificado con el alfanumérico DI/GTIE-0123 del 17 de octubre de 2013 “(…) que se relaciona y complementa con el acto administrativo DI/GTIE 0046 de fecha siete (07) de mayo de 2013 (…)”, dictado por la Dirección de Industrialización y Tecnología de Hidrocarburos de ese Ministerio, que declaró la improcedencia de las solicitudes Nros. 1526-2009, 622-2011, 251-2010 y 807-2012, de fechas 27 de julio de 2009, 19 de mayo de 2011, 12 de febrero de 2010 y 18 de junio de 2012, respectivamente. En ese sentido, se observa que la actora solicitó la nulidad del acto administrativo DI/GTIE-0123 del 17 de octubre de 2013, que declaró la improcedencia de la solicitud Nro. 251-2010, para el registro de inversión de extranjera de la sociedad mercantil Champion Tecnologías C.A. Asimismo la Directora de Industrialización y Tecnología de Hidrocarburos del Ministerio del Poder Popular para la Energía y Petróleo, dictó acto administrativo Nro. DI/GTIE-0046 del 7 de mayo de 2013, que entre otros pronunciamientos declaró la improcedencia de las solicitudes de registro de inversión extranjera Nros. 1526-2009, 622-2011 y 807-2012, por haber transcurrido un lapso de siete (7) meses desde la fecha de registro de asamblea de accionistas y la referida solicitud, por lo cual la administración refirió que la materia prima presuntamente ya había sido procesada o transformada.

Dispositiva

NULOS los actos administrativos emanados de la Dirección de Industrialización y Tecnología de los Hidrocarburos contenidos en los oficios Código DI/GGTIE 0123 de fecha 17 de octubre de 2013 y Código DI/GTIE 0046 de fecha 07 de mayo de 2013, de conformidad con lo el artículo 84 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.

Palabras clave

nulidadsilencio administrativoactos administrativosinversión extranjeraprocedimiento administrativo

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