Sentencia N° 1185 — Sala Político Administrativa del TSJ, 27 de septiembre de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 01185, Exp. 2009-0571, 28/09/2011
Expediente2009-0571
PonenteTRINA OMAIRA ZURITA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2011-09-27
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso contencioso tributario interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario que había declarado parcialmente con lugar el recurso de la contribuyente. La Sala admitió la adhesión a la apelación presentada por la contribuyente y confirmó la decisión del tribunal inferior en cuanto a la negativa de aplicar la unidad tributaria vigente a la fecha de cada infracción. Asimismo, se revocó la nulidad de la multa impuesta por no llevar el Libro de Ventas conforme a los requisitos de ley, y se ordenó ajustar las multas por incumplimiento de deberes formales en materia de Impuesto al Valor Agregado, aplicando las reglas de concurrencia de infracciones.

Extracto de la motiva

La motivación de la sentencia se centra en la interpretación y aplicación de las normas tributarias pertinentes, así como en la evaluación de los argumentos presentados por ambas partes. La Sala analiza los vicios alegados por el Fisco Nacional y la contribuyente, destacando la importancia de la correcta aplicación de la ley en el contexto de las sanciones impuestas por incumplimientos tributarios. Se enfatiza que la falta de aplicación de la figura del delito continuado en la imposición de sanciones puede llevar a una incorrecta liquidación de las multas, lo que justifica la decisión de la Sala de ajustar las sanciones conforme a las disposiciones legales vigentes.

Dispositiva

1. SE ADMITE la adhesión al recurso de apelación presentada por la representación judicial de la contribuyente sociedad mercantil PASTELERÍA Y HELADERÍA LA POMA, C.A., en fecha 23 de septiembre de 2009. 2. SIN LUGAR la apelación interpuesta por el FISCO NACIONAL contra la Sentencia Nro. 027/2009 dictada el 31 de marzo de 2009 por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual se CONFIRMA en lo referente a la negativa a la solicitud de la contribuyente de que se aplicara la unidad tributaria vigente a la fecha de cada infracción. 3. SIN LUGAR la adhesión a la apelación interpuesta por la sociedad mercantil PASTELERÍA Y HELADERÍA LA POMA, C.A. contra la referida Sentencia. 4. REVOCA de la Sentencia la declaratoria de nulidad de la multa impuesta a la contribuyente por no llevar el Libro de Ventas conforme a los requisitos de ley, la cual queda FIRME. 5. CONFIRMA el cálculo de la multa impuesta por la Administración Tributaria, basado en el artículo 81 del Código Orgánico Tributario de 2001. 6. PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil PASTELERÍA Y HELADERÍA LA POMA, C.A., por lo que SE ANULA de la Resolución (Imposición de Sanción) identificada con las letras y números RCA/DFTD/2006-00000500, del 27 de noviembre de 2006, el cálculo de la multa, así como las correspondientes Planillas de Liquidación emitidas.

Palabras clave

Contencioso TributarioSancionesImpuesto al Valor Agregado

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