El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Político-Administrativa, decidió a favor de la empresa TAUREL & CIA SUCRS, C.A., anulando la resolución de imposición de sanción y determinación de intereses moratorios emitida por el SENIAT. La Sala consideró que la empresa había cumplido con su obligación de enterar las retenciones de impuesto sobre la renta, pero que el cheque de gerencia fue desviado a una cuenta no autorizada, lo que constituyó un caso fortuito. Por lo tanto, se declaró improcedente la multa y los intereses moratorios impuestos a la contribuyente.
Extracto de la motiva
El Tribunal observa que la contribuyente cargó oportunamente a través del portal del Seniat las declaraciones que acreditan las retenciones del Impuesto Sobre la Renta efectuadas a personas naturales y jurídicas durante el mes de noviembre de 2008, para un total de Bs. 323.863,09. Se solicitó al Banco Provincial la emisión de un cheque de gerencia a nombre del Tesoro Nacional, el cual fue enterado en la Taquilla Seniat del Banco Industrial de Venezuela el 03-12-2008. Sin embargo, el cheque fue desviado a una cuenta distinta, lo que llevó a la empresa a realizar nuevamente los pagos el 06 de abril de 2009. La Sala concluyó que el retardo en el pago fue involuntario y no imputable a la contribuyente, por lo que se desestimaron las sanciones y los intereses moratorios.
Dispositiva
Se declara NULA la Resolución No. SNAT-INTI-GRTICERC-DJT-2013-2241 de fecha 04 de junio de 2013, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a través del cual sancionó a la contribuyente por la cantidad de CATORCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES COMO DOS UNIDADES TRIBUTARIAS (14.433,02 UT), y se le impuso intereses moratorios por la cantidad de TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO BOLÍVARES CON OCHENTA Y SEIS CÉNTIMOS Bs. 33.534,85.