Sentencia N° 1181 — Sala Político Administrativa del TSJ, 23 de noviembre de 2010

TSJ/SPA, Sent. N° 01181, Exp. 1998-14432, 24/11/2010
Expediente1998-14432
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2010-11-23
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara la extinción de la acción por pérdida del interés en la querella interpuesta por Lucila Villamediana Quintana contra la República de Venezuela. La decisión se fundamenta en la inactividad procesal de más de diez años por parte de la actora, quien no realizó actuaciones para impulsar el proceso desde 1988. Se citan precedentes jurisprudenciales sobre el interés procesal y su pérdida, así como la necesidad de mantener la actividad en el proceso judicial.

Extracto de la motiva

En el caso de autos el abogado Ernesto Kleber L., apoderado judicial de la ciudadana Lucila Villamediana Quintana, apeló de la sentencia dictada en fecha 24 de marzo de 1988 por el Tribunal de Carrera Administrativa, que declaró sin lugar la querella funcionarial por cobro de prestaciones sociales ejercida contra la República de Venezuela por órgano del Ministerio de Relaciones Exteriores (hoy República Bolivariana de Venezuela-Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores). De la revisión de las actas procesales se constata que el 2 de diciembre de 1998 se dijo “Vistos”, y desde la última actuación de la apelante en fecha 30 de mayo de 1988, oportunidad en la cual fundamentó su apelación en sede de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, no se ha realizado acto alguno de procedimiento a los fines de impulsar y mantener el curso de la causa, distinto a las inhibiciones de los Magistrados Levis Ignacio Zerpa y Yolanda Jaimes Guerrero, las convocatorias de suplentes o conjueces y la constitución de la Sala Accidental, por lo que han transcurrido más de diez (10) años sin advertirse en los autos la ejecución, por parte de la actora, de actuaciones que manifiesten su interés en que se dicte sentencia, denotando con ello una absoluta inactividad procesal. En conexión con lo anterior, resulta oportuno transcribir la sentencia N° 00075 dictada por esta Sala Político-Administrativa en fecha 23 de enero de 2003, caso: C.V.G. Bauxilum, C.A., referente al concepto procesal de interés para accionar, en la cual se estableció lo siguiente: “(…) Cuando el justiciable considera que sus derechos se encuentran insatisfechos, puede acudir a los órganos jurisdiccionales para solicitar se le otorgue tutela judicial a su pretensión, esto es, cuando tenga interés procesal para accionar, entendido éste como la necesidad y adecuación del proceso para satisfacer la pretensión demandada. Este especial derecho de acudir a los órganos jurisdiccionales en busca de la satisfacción de los demás derechos concedidos por el ordenamiento jurídico, es el denominado derecho de acción procesal, el cual está previsto y garantizado expresamente en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su artículo 26, en los siguientes términos: ‘Toda persona tiene derecho de acceso a los órganos de administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, incluso los colectivos o difusos; a la tutela efectiva de los mismos y a obtener con prontitud la decisión correspondiente. (omissis)’.

Dispositiva

Con fundamento en los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa Accidental del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN POR PÉRDIDA DEL INTERÉS en la querella interpuesta. Publíquese, regístrese y notifíquese. Devuélvase el expediente administrativo y archívese el judicial. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

extinción de acciónpérdida de interésinactividad procesal

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca