Sentencia N° 1181 — Sala Político Administrativa del TSJ, 5 de agosto de 2009

TSJ/SPA, Sent. N° 01181, Exp. 2008-0416, 06/08/2009
Expediente2008-0416
PonenteEVELYN MARRERO ORTÍZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2009-08-05
DecisiónSe ADMITE el recurso contencioso administrativo de nulidad.

Resumen

La abogada Delia Raquel Pérez Martín de Anzola interpuso un recurso contencioso administrativo de nulidad contra una decisión de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia que acordó su traslado inconsulto a otra Circunscripción Judicial. Además, solicitó un amparo cautelar para suspender los efectos de un memorándum que suspendía el pago de sus remuneraciones. La Sala Político-Administrativa admitió el recurso de nulidad, pero no tuvo materia sobre la cual decidir en relación al amparo cautelar, ya que la pretensión fue satisfecha en una sentencia anterior. Finalmente, se ordenó remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación para continuar con el proceso.

Extracto de la motiva

motiva y dispositiva de la sentencia dictada en el expediente judicial N° KP02-R-2003-000372, en virtud de que este Órgano consideró que el hecho imputado configuró un error material de transcripción en el obrar diario del Juez”. (Subrayado de la Sala). Asimismo, se aprecia que por notoriedad judicial, consta en el expediente N° 2006-0968 que en fecha 23 de mayo de 2006 la abogada Delia Raquel Pérez Martín de Anzola interpuso ante esta Sala un recurso contencioso administrativo de nulidad contra el acto dictado por el 29 de noviembre de 2005 por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en el cual ordenó “la remisión de todas las actuaciones relacionadas con el presente caso a la INSPECTORÍA GENERAL DE TRIBUNALES, a fin de que se sirva instaurar contra la ciudadana DELIA RAQUEL PÉREZ MARTÍN, antes identificada, el correspondiente proceso disciplinario” y “enviar copia certificada de todas las actuaciones contenidas en este expediente a la COMISIÓN DE

Dispositiva

1.- Se ADMITE, sin perjuicio de la verificación por parte del Juzgado de Sustanciación de la Sala de lo atinente a la caducidad de la acción, el recurso contencioso administrativo de nulidad antes señalado. 2.- NO TIENE MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR en relación a la acción de amparo cautelar interpuesta conjuntamente con el recurso contencioso administrativo de nulidad por la abogada DELIA RAQUEL PÉREZ MARTÍN DE ANZOLA.

Palabras clave

recurso contenciosonulidadamparo cautelarsuspensiónremuneracionestribunal supremo

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