Sentencia N° 1179 — Sala Político Administrativa del TSJ, 3 de julio de 2007

TSJ/SPA, Sent. N° 01179, Exp. 2006-1805, 04/07/2007
Expediente2006-1805
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2007-07-03
DecisiónDesistida

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, declara desistida la apelación interpuesta por la sociedad mercantil FRITZ VENEZUELA, S.A. contra la decisión N° 086/2005 del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario. La apelación fue presentada el 18 de julio de 2006, pero no fue fundamentada dentro del plazo establecido por la ley, lo que llevó a la Sala a considerar que el recurso había sido desistido. La decisión apelada queda firme, y se ordena la devolución del expediente al tribunal de origen.

Extracto de la motiva

El aparte 18 del artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, dispone lo siguiente: 'Las apelaciones que deben tramitarse ante el Tribunal Supremo de Justicia seguirán los siguientes procedimientos: Iniciada la relación de la causa, conforme a los autos, la parte apelante deberá presentar un escrito donde exponga las razones de hecho y de derecho en que fundamenta la apelación, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes. Inmediatamente, se abrirá un lapso de cinco (5) días hábiles continuos, para que la otra parte de contestación a la apelación. La falta de comparecencia de la parte apelante se considerará como desistimiento de la acción, y así será declarado, de oficio o a instancia de la otra parte...'. En el presente caso se observa que desde que se dio cuenta de la apelación en la Sala, esto fue, el 28 de noviembre de 2006, oportunidad en la cual comenzó la relación de la causa y se fijó un lapso de quince (15) días de despacho para que se procediera a fundamentar el recurso ejercido, hasta el 17 de enero de 2007, fecha en que venció el lapso establecido en el aludido auto de fecha 28 de noviembre de 2006, no consta en el expediente que la parte apelante haya fundamentado la apelación dentro del plazo previsto por la norma supra transcrita, todo lo cual conlleva a esta Sala a declarar desistido el recurso de apelación incoado. Así se decide.

Dispositiva

En virtud de las razones precedentemente expuestas, declara DESISTIDA la apelación ejercida en fecha 18 de julio de 2006, por el apoderado judicial de la sociedad mercantil FRITZ VENEZUELA, S.A., contra la decisión N° 086/2005, del 1° de junio de 2005, dictada por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, queda FIRME la citada decisión. Publíquese, regístrese y notifíquese. Devuélvase el expediente al tribunal de origen. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

apelacióndesistimientocontencioso tributariodecisión firmeobligación tributariaLey Orgánica del Tribunal Supremo de JusticiaFRITZ VENEZUELA, S.A.

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