Sentencia N° 1178 — Sala Político Administrativa del TSJ, 26 de septiembre de 2002
TSJ/SPA, Sent. N° 01178, Exp. 01-0876, 01/10/2002
Expediente01-0876
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2002-09-26
DecisiónParcialmente Con Lugar
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, declara parcialmente con lugar la apelación interpuesta por el Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario. Se revoca el pronunciamiento sobre la procedencia ope legis de la compensación tributaria, confirmando la existencia, liquidez y exigibilidad de los débitos fiscales derivados de los dozavos del impuesto a los activos empresariales. Se establece la procedencia de la compensación opuesta por la contribuyente por créditos fiscales líquidos y exigibles, por concepto de impuesto sobre la renta pagado en exceso.
Extracto de la motiva
Vista la decisión recurrida, las objeciones y alegaciones formuladas por la apelante, en representación del Fisco Nacional, la controversia, en el caso de autos, se circunscribe a decidir previamente, sobre algunos vicios de forma del fallo apelado, contemplados en los numerales 3 y 4 del artículo 243 del Código de Procedimiento Civil, y oportunamente sobre errores de interpretación de los artículos 17 de la Ley de Impuesto a los Activos Empresariales y 12 de su Reglamento, y el 46 del Código Orgánico Tributario; seguidamente decidir sobre la operatividad de la compensación, es decir, si extingue de pleno derecho las obligaciones sujetas a ella; luego, decidir sobre la procedencia o no de la compensación opuesta por la contribuyente, resultante de los impuestos pagados en exceso por retenciones efectuadas en el ejercicio económico comprendido entre el 01 de diciembre de 1997 y el 30 de noviembre de 1998, con débitos fiscales derivados de dozavos del impuesto a los activos empresariales, correspondientes al ejercicio que va desde el 01 de diciembre de 1998 hasta el 30 de noviembre de 1999.
Dispositiva
Por las razones expresadas, la Sala Político-Administrativa de este Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada Arcela Fermín, antes identificada, en representación del Fisco Nacional, con el carácter de sustituta del Procurador General de la República, contra la sentencia No. 1.437, dictada por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario, el 09 de julio de 2001, de la cual se revoca el pronunciamiento atinente a la procedencia ope legis de la compensación tributaria, y se confirma de éste su declaratoria respecto a la existencia, liquidez y exigibilidad de los débitos fiscales, derivados de los dozavos del impuesto a los activos empresariales, y por ende a la procedencia de la compensación opuesta contra los créditos fiscales analizados en la presente decisión.
Palabras clave
compensación tributariaimpuesto sobre la rentadozavosdeuda tributariaFisco Nacionalcréditos fiscalesliquidezexigibilidad